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La Federación de la Música de España Es_Música ha presentado el decálogo de medidas para la organización de eventos y espectáculos públicos en la nueva normalidad. Es_Música ha confiado en Sympathy for the Lawyer y de Prevent Event para desarrollar los criterios técnicos y propuestas de este decálogo dirigido a empresarios, promotores y Administraciones Públicas.

El documento ha sido elaborado por los expertos en Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales Raúl Valera, Director del Área de Seguridad y Emergencias en Eventos de Sympathy for the Lawyer, Ana Alonso, socia de Prevent Event SL, Manuel Ángel López, CEO de Sympathy for the Lawyer y José Luis Gallardo, socio de Prevent Event, S.L. Además, la próxima semana se presentará un documento completo con  las “Directrices y Recomendaciones para la Reactivación de los Eventos y Espectáculos Públicos y Reapertura de los Espacios que los acogen en el contexto del COVID-19”.

Gracias a las medidas y criterios de seguridad sanitaria planteados en este Decálogo y su documento de desarrollo, se podría alcanzar una cifra máxima de espectadores de hasta 5.000 personas en establecimientos cerrados y /o espacios al aire libre. Esta propuesta para criterios de aforo está sustentada en tres medidas clave en el contexto de los riesgos ocasionados por la pandemia del COVID19: sectorización de público, trazabilidad y escalonamiento.

Todas esta medidas toman como referente lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto-Ley 21 /2020 de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. También se han comparado todas las normativas de las Comunidades Autónomas publicadas durante estos días en relación a la celebración de los eventos y espectáculos públicos. El objetivo de este Decálogo de Medidas para la Organización y Espectáculos Públicos en la Nueva Normalidad es permitir el proceso de reapertura de una parte más amplia del sector de la música en España, desde el compromiso con la seguridad del público y de todas las personas trabajadoras del sector, tanto del colectivo artístico, como del personal técnico y del personal de todos los servicios esenciales.

Estos documentos ofrecen una herramienta de partida útil, realista y práctica tanto a las Administraciones Públicas (Gobierno, Ministerio, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos) como a los empresarios, promotores y organizadores para emplearlos como marco de referencia común en su caso en base al documento extendido y así poder reactivar una actividad que da empleo a más 300.000 personas y que tiene un impacto de más 7.600 millones de euros anuales en la economía española.

Este decálogo de recomendaciones es un documento vivo que propone aforos de pie y sentados con diferentes condicionantes relacionados con los establecimientos donde se celebren y que puede ir ajustándose en función de la evolución del COVID-19 . Complementa el documento que se presentará la próxima semana “Directrices y Recomendaciones para la Reactivación de los Eventos y Espectáculos Públicos y Reapertura de los Espacios que los acogen en el contexto del COVID-19” elaborado por Sympathy for the Lawyer y Prevent Event en colaboración con Es_música y otras entidades del sector.

Es_Música (Federación de la Música de España) está compuesta por nueve asociaciones de carácter estatal que representan a más de 111.000 socios que desarrollan su actividad en la música en vivo, grabada, editores y entidades de gestión de derechos de autor. Estas asociaciones son: ACCES (Asociación Estatal de Salas de Música en Directo), AEDEM (Asociación de Editores de Música Independientes), AIE (Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España), APM (Asociación de Promotores Musicales), ARTE (Asociación de Representantes Técnicos del Espectáculo), OPEM (Organización Profesional de Editores de Música), Promusicae (Productores de Música de España), SGAE (Sociedad General de Autores y Editores), UFI (Unión Fonográfica Independiente).

Por otro lado, Es_música insiste en la necesidad de poner en marcha las medidas trasladadas la semana pasada al Ministerio de Cultura y Deportes ya que dada la normativa anunciada de desescalada por las distintas Comunidades Autónomas no permite el regreso de la mayor parte de la actividad de espectáculos y eventos públicos.

Responsabilidad individual, prudencia y sostenibiilidad La Federación de la Música de España es consciente de la importancia de la responsabilidad individual y la prudencia en la gestión de los eventos y espectáculos públicos para garantizar la sostenibilidad de la industria de la música en la situación que estamos viviendo. El decálogo es una propuesta apoyada en estos tres ejes para adaptarse a una situación excepcional.

Bajo este espíritu se han tenido en cuenta los diversos formatos y espacios (establecimientos) en los que se celebran los espectáculos y eventos púbicos. En este sentido se han valorado establecimientos cerrados al aire libre con aforos de más de 10.000 personas como espacios multiusos como por ejemplo el Wizink Center, espacios al aire libre que necesitan autorización administrativa expresa para la celebración del evento como los grandes festivales y salas de concierto con aforos desde 100 a 1.500 personas. Esta última casuística merece especial atención para mantener el frágil ecosistema del circuito de pequeñas salas de música, que es clave para la creación y desarrollo de talento en nuestro país, además de mantener aquellas ayudas ya puestas en marcha por el Gobierno de España como ERTEs, préstamos ICO, moratorias de alquileres y en pago de impuestos, entre otras, hasta que el sector de la música logre alcanzar la normalidad en el desarrollo de su actividad.

El decálogo se ha elaborado tras un análisis previo sobre la reactivación de otros sectores, como el caso de grandes superficies comerciales, espectáculos taurinos, Liga de Fútbol Profesional, lugares de culto, transporte público, apertura del transporte aéreo y fronteras, hostelería y restauración. Asimismo, se ha cruzado numerosa normativa para desarrollar unos criterios sobre aforos y densidades grupales de ocupación.

DECÁLOGO:

Reajustes de aforos y densidades grupales de ocupación de forma homogénea

El reajuste de aforo dependerá del establecimiento, espacio, formato, disposición, tipo de evento y perfil de asistentes, así como entre otros factores, del previo análisis de riesgos para cada evento de la evolución epidemiológica por territorios, y del posible impacto en el entorno de celebración del mismo, en la cobertura de los servicios públicos de seguridad y emergencias, y en la afectación del transporte público. En todos los casos y en base a las excepciones contempladas, cumpliendo como norma general distancia social de 1,5 metros a 2 metros, uso obligatorio de mascarilla según lo establecido en la normativa y cumplimiento del resto de las medidas propuestas de este Decálogo:

a) Establecimientos cerrados o al aire libre. Un límite  máximo de 5.000 personas: (Entendiendo por establecimiento la zona o totalidad de un edificio; en eventos o espectáculos extraordinarios que no figuren en licencia será necesaria autorización administrativa expresa).

  • En sillas individuales preasignadas y/o de pie,  por sectores  en zona de pista o plantas sin asientos fijos:
    • Hasta el límite de 1.000 personas por sectores de forma homogénea de pie o en sillas individuales en caso de disponer de solo zonas para espectadores de pie, respetando siempre el criterio aplicable más restrictivo entre el  porcentaje indicado de aforo máximo autorizado en licencia para cada zona o planta del establecimiento, y la obligación de mantener distancias superiores a 1 m como norma mínima:
      • 60% máximo para establecimientos de hasta 500 personas de aforo.
      • 50% máximo para establecimientos de 501 a 1000 personas de aforo.
      • 40% máximo para establecimientos de más de 1001 personas de aforo.
    • No se podrán mantener distancias inferiores en 1 m, excepto entre personas convivientes o que mantienen una relación y un contacto próximo de forma muy habitual o bien para desarrollar aquellas actividades profesionales o de atención a personas que requieren una distancia inferior.
  • Sentado en  asientos fijos preasignados de gradas por sectores  en zona de pista y/o plantas:
    • Hasta el límite máximo de 4.000 personas por sectores en asientos fijos preasignados de forma homogénea, en caso de disponer además de zonas de espectadores por sectores de pie o en sillas individuales  preasignadas de hasta 1.000 personas según el apartado anterior. 
    • Hasta el límite máximo de 5.000 personas en asientos fijos preasignados de forma homogénea por sectores, en caso de disponer de solo zonas para espectadores en asientos fijos preasignados, respetando siempre el  porcentaje máximo del 75% de aforo máximo autorizado en licencia para cada zona o planta del establecimiento.

Otros espacios al aire libre. Un límite  máximo de 5.000 personas: (Entendiendo por otros espacios, aquellos en los que no existe una estructura prefijada y necesiten de autorización administrativa expresa que determine el aforo máximo autorizado y adaptado a la nueva situación en contexto COVID (por ejemplo, una explanada de parking vallada o una plaza mayor). 

  • De pie por sectores en zona de pista y/ o plantas: máximo 1.000 personas.
  • Sentado en asientos fijos preasignados de gradas o sillas individuales de pista y/o plantas: máximo 4.000 personas. 
  • Sentados en interior de vehículos: sectores de 20 vehículos máximo con pasillos de mínimo 3,5 m de ancho, y máximo 1.000 personas.

*La suma total no puede superar 5.000 personas, de las cuales el máximo para zonas de espectadores de pie o en interior de vehículos será de 1.000 personas.

Sectorización de espectadores en zonas de pie o sentados de forma homogénea

La sectorización consiste en reorganizar el espacio en el que se ubicará al público en zonas independientes, permitiendo reducir el contacto entre grupos de personas, así como realizar la trazabilidad de posibles afectados para su control en caso de aparecer algún contagio posteriormente.

En todos los casos se establecerán respectivamente, sectores de máximo 20 vehículos y de 100 personas cada uno, ya sea en zonas para espectadores sentados en asientos o sillas individuales preasignadas o de pie. La sectorización tendrá las siguientes condiciones:

  • Será obligatorio el uso de mascarilla dentro de cada planta, sector o zona, con las excepciones contempladas para interior de vehículos, grupos de convivientes, o personas vulnerables.
  • Puede llevarse a cabo mediante vallado, catenarias o baliza a máximo 1,60m de altura, u otros elementos que no obstaculicen la evacuación o confinamiento en situaciones de emergencia. 
  • Se establecerán pasillos anexos de tránsito de al menos 2 metros de ancho para personas y de 3,5m de ancho para vehículos, para gestionar gradualmente la entrada y salida de público, y acceder a zonas comunes o complementarias  tales como aseos, restauración y hostelería. 
  • Podrán estar agrupados los convivientes y personas que mantienen una relación y un contacto próximo de forma muy habitual, y podrán sentarse juntos o permanecer en sectores de pie independientes, respetando la distancia de seguridad interpersonal con el resto de espectadores. 
  • En el interior de vehículos los grupos estarán asimilados al transporte terrestre en vehículos particulares en grupos de hasta nueve personas pero respetando la distancia con el resto de espectadores. 

Trazabilidad

Se adoptarán medidas para realizar trazabilidad de posibles contactos y gestión de información, tanto de personas trabajadoras como de público, permitiendo la detección precoz, control de fuentes de infección y vigilancia epidemiológica. En particular, en la venta de entradas y preasignación de localidades por zonas, plantas y sectores por parte del organizador u operadores de ticketing, o en el registro e inscripción aunque el evento sea de carácter gratuito o acceso libre, se vincularán los datos de contacto de los asistentes por zonas, plantas, sectores y tránsito dentro del recinto. Toda esta información estará a disposición de las autoridades de salud pública durante cuatro semanas. 

Medidas para entrada y salida de público y personas trabajadoras. Escalonamiento

La apertura de puertas se realizará con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado, debiendo fijarse franjas horarias adecuadas para el acceso por zonas de espectadores y sectores, de tal manera que se reduzca el impacto en los servicios de transporte públicos,  en la vía pública, entorno y filas o puertas de acceso a otros establecimientos. La venta de entradas con acceso prioritario, se realizarán por grupos con horarios escalonados y espacios de permanencia pre asignados en número máximo de 25 personas, respetándose la distancia mínima de seguridad entre todas las personas.  

La salida del público al término del espectáculo debe realizarse de forma escalonada por zonas y sectores, garantizando la distancia entre personas, ordenando la salida desde las zonas y sectores más cercanos a las salidas, al revés que la entrada. 

Siendo completadas con otras medidas tales como sobre reuniones de coordinación preparatorias, gestión documental, servicios públicos y privados implicados, aparcamientos, usos de aseos, medios de pago, señalización, cartelería informativa, megafonía, videos con recomendaciones, información en medios y redes sociales, condiciones de admisión, control de aforo, violencia sexual en el ocio y amenazas activas entre otras. 

Establecimiento de turnos de entrada y salida de las personas trabajadoras, de manera escalonada, para evitar aglomeraciones y asegurar el mantenimiento de las distancias de seguridad (1,5 metros). A ser posible, vías de entrada independientes entre personas trabajadoras y otros servicios (suministros equipos, material,..).

Distancia de seguridad interpersonal

Se velará por que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal de 1,5 metros evitando la formación de posibles grupos numerosos y aglomeraciones (tanto por parte de las personas trabajadoras como del público), con especial atención a los accesos y desplazamientos interiores, zonas de escaleras mecánicas, ascensores, zonas comunes de paso, zonas de espectadores, zonas recreativas, zonas de hostelería y restauración.

Estas medidas de distancia también se cumplirán en los vestuarios, taquillas, aseos, zonas de montaje y desmontaje, zonas de descanso, espacio para refrigerio, etc.. de las personas trabajadoras, así como en cualquier otra actividad complementaria y zona de uso común o privada. 

No se podrán mantener distancias inferiores, salvo en las excepciones contempladas y entre personas convivientes, o que mantienen una relación y un contacto próximos de forma muy habitual o bien para desarrollar aquellas actividades profesionales o de atención a personas que requieren una distancia inferior.

La distancia de seguridad interpersonal y su equivalente para reajustes de aforo y ocupación por densidad grupal, podrá rebajarse en caso de que se cumplan todas las condiciones siguientes:

– Se haga obligatorio el uso de mascarilla.

– Se lleve un registro de los asistentes o haya una preasignación de localidades por sectores. 

– Se prevean medidas de circulación de los asistentes que eviten las aglomeraciones en los cruces o puntos de más afluencia.

Uso obligatorio de mascarilla

Será obligatorio el uso de mascarilla por todos los asistentes al evento y personas trabajadoras incidiendo en aquellas situaciones en las que no resulte posible siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros. Excepciones:

  • Personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • En aquellas actuaciones o espectáculos en los que no se pueda mantener dicha distancia de seguridad, ni el uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, como es el caso de aquellos en los que intervengan artistas, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular a partir de los protocolos y recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Circulación de personas

Se velará por que se respete la distancia mínima interpersonal y se evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones que se puedan formar, prestando especial atención alos cruces o puntos de más afluencia y a las zonas de hostelería y restauración, aparcamientos, stands, actividades, barras, aseos, accesos, pasos, escaleras mecánicas y a los ascensores.

Además se ha incluido en la propuesta un apartado sobre recorridos de evacuación, itinerarios accesibles y números de salidas. 

Medidas de información para público y personas trabajadoras

Se dispondrán carteles (u otros documentos informativos) en los accesos principales y resto de dependencias o espacios sobre las medidas higiénicas y sanitarias. Se deberán realizar, antes y después de cada evento, avisos mediante megafonía y/o pantallas que recuerden las medidas de higiene y distanciamiento, además de recomendaciones personales y en materia de prevención, seguridad y autoprotección.

Se garantizará que el público conoce, antes de la confirmación de la reserva de entrada o de la inscripción o registro, así como durante su estancia en el evento (en formato escrito y en idioma comprensible), las normas especiales que regirán en el establecimiento, espacio, zona, sector y evento, espectáculo o actividad complementaria a desarrollar. La compra de la entrada (o inscripción en eventos gratuitos) implica la aceptación de todas las condiciones, incluidas las relativas a seguridad e higiene. Los organizadores deben incluir en la entrada e información en el recinto  las medidas de seguridad e higiene como condiciones de admisión, para que, si fuera el caso, estar facultados para prohibir el acceso o expulsar a un usuario que no las respete debidamente.

Medidas de higiene, limpieza y desinfección  

Establecimiento de un protocolo de limpieza y desinfección específico y periódico adecuado a las características e intensidad de uso, así como de todos aquellos materiales, objetos y superficies susceptibles de haber sido contaminados. Todos los espacios susceptibles de paso y uso por parte de los usuarios se limpiarán y desinfectarán periódicamente en función de la frecuencia de uso y los flujos de personas. Si se trata de espacios cerrados, deberán ventilarse, al menos, dos horas antes de su uso.

Medidas para la protección de personas trabajadoras 

Se garantizará una adecuada protección de todas las personas trabajadoras con protocolos y procedimientos específicos para el desarrollo de la actividad (montaje, evento y desmontaje), basados principalmente en el distanciamiento físico (1,5 metros), uso de Equipos de Protección Individual de acuerdo con el nivel de exposición al riesgo, planificación escrupulosa y precisa de las entradas y salidas del personal y de los trabajos, y limpieza y desinfección de todo el material susceptible del contacto con las manos.

 

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    2 comentarios

    • MIKE dice:

      Estas medidas llevarían al cierre de las Salas de conciertos menores de 400 personas. Estas salas se apoyan en el concepto de barra y bar nocturno para compensar el evento. Es inviable las medidas de distanciamiento y mascarillas obligatorias, ya que reducirían aún más el aforo y la libertad de tomar una cerveza. Medidas contradictorias en relación a los bares o lugares de ocio.
      Cuidado con ello. Si a protocolos de higiene y accesos, protocolos de escenarios y otros, pero NO a mascarillas y distanciamientos de metro y medio para este tipo de espacios.
      Un saludo.

      • Manuel Angel López Pérez dice:

        Hola Mike. Muchas gracias por tu comentario. Efectivamente, las salas pequeñas lo tienen muy complicado y por eso es imprescindible que al margen de la normativa de aforos se aprueben medidas de apoyo en cuanto a ERTES, alquileres y ayudas económicas, pues serán de las últimas empresas en recuperarse. Es necesario mejorar la regulación que se ha ido aprobando por cada comunidad autónoma, y desde ahí avanzar según la evolución de la pandemia. La música es cultura y las salas son un pieza fundamental en este tejido cultural. Un abrazo

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