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La música ha sido una de las principales formas que el ser humano ha tenido para manifestarse. Desde los ritmos y cánticos primitivos hasta las sinfonías barrocas pasando por el hip hop, las personas han tratado de expresar su vena artística, dialogando tanto con la sociedad de la que forman parte, como de las obras musicales de su acervo cultural.  

Podríamos decir que toda expresión artística parte de aquello que rodea al autor, que bebe de lo que conoce, imitándolo y usándolo como inspiración o punto de partida para tener su propia voz. El compositor alemán Brahms para el último movimiento de su Primera sinfonía, tomó prestados ciertos recursos y fraseos de la Novena sinfonía de Beethoven, Stravinsky se apropiaba de melodías populares y Debussy empleaba elementos del ritmo del ragtime. 

Mas adelante, con los avances tecnológicos aparecen técnicas que permiten no sólo realizar estos “préstamos” de composiciones musicales previas, sino de cualquier sonido que estuviese grabado en un soporte. Así, con el desarrollo de la música digital surge el denominado sampling, una suerte de “corta y pega” mediante el cual se extrae una muestra sonora de un fonograma para insertarla en otro. 

Esta técnica se convirtió en un importante recurso compositivo para muchos artistas, alcanzando su punto álgido en los años ochenta, con los géneros del rap, hip hop y música electrónica, y a pesar de que esté ya asentado en la industria, no deja de estar libre de controversia o discusiones. 

Los derechos de autor en una canción

Hemos hablado ya en otros artículos y guías de cómo en una canción grabada conviven varios tipos de derechos y cómo se relacionan entre sí. Por un lado, están los derechos de autor de la composición musical u obra, y por otro, los derechos existentes sobre la grabación sonora que incluye la interpretación de dicha composición. 

De esta forma, el creador o compositor de la canción será titular de derechos morales y económicos sobre ésta, en tanto que es una creación original, y podrá, en consecuencia, ceder los económicos de explotación a un editor en un contrato de edición musical, cuyo análisis dejamos en este post. Por su parte, los derechos fonográficos no parten de la creación de una obra, sino del esfuerzo económico que realiza el productor para fijar la interpretación de la canción. Además, el productor necesitará, para grabar una pieza musical, la cesión o licencia de su autor, editor o de quien gestione los derechos, y también la cesión de los artistas intérpretes de la canción, en lo que conocemos como contrato discográfico.  

¿Cómo afecta esto al sampling?

Pues bien, primero tenemos que definir el sampling. Como decíamos, es una técnica mediante la cual se incorporan porciones de grabaciones sonoras existentes en una nueva composición de collage sonoro. Esto supone que, al emplear un fragmento de una grabación sonora que incluye una composición, se está utilizando ésta, y así, tanto los derechos editoriales como los fonográficos se ven afectados, siendo necesario obtener una licencia de sus respectivos titulares. 

Interpolation o replay

Existen figuras como las interpolaciones o replays, similares al sampling pero para las que no es necesario la licencia fonográfica, esto se debe a que esta técnica consiste en reinterpretar el fragmento musical que quieres incorporar a tu nueva grabación. Puede ser cantar unos versos de una canción, como ya hiciera David Bowie con “A Day in the Life” de The Beatles; cantar la melodía de otra canción alterando la letra, como hiciera Lil Nas X en “Panini” con “In Bloom” de Nirvana; o reinterpretar un riff de guitarra como los Red Hot Chili Peppers con “Sweet Leaf” de Black Sabbath; entre otros.

Recientemente hemos escrito un artículo sobre esta figura con motivo de la polémica en torno a un replay que ha utilizado Beyoncé en su último disco que os dejamos aquí.

 

El sampling como herramienta creativa 

Como decíamos antes, el sampling puede constituir una herramienta compositiva más dentro del arsenal creativo de artistas. Y es que muchos de los que emplean samples ven éstos, no como un estribillo o gancho de una canción, sino como un mero fragmento sonoro con el que pueden crear un collage formado con capas y capas de distintos sonidos.  

Antes de la invención de la tecnología digital, estos creadores pasaban horas y horas buscando estas fracciones de sonidos en el proceso que se denomina crate digging, y manipulando discos de vinilo en un tocadiscos y empalmando cintas de audio magnéticas en equipos analógicos para conseguir estas muestras. 

Así, se ha ido utilizando en muy diversos géneros, desde los experimentos sonoros de John Cage o Pierre Schaeffer; el “Revolution 9” de The Beatles, creada a partir de 20 loops de cinta procedentes de los archivos de la EMI; el considerado como disco que impulsó el hiphop como género con éxito comercial, Rappers Delight” de la Sugarhill Gang en el que rapean sobre la base extraída de “Good Times” de Chic.

La técnica, a medida que avanzaba el tiempo y llegaban los años 80 fue evolucionando, permitiendo a los artistas superar los umbrales de la creatividad, confeccionando composiciones en las que se encontraba un auténtico crisol de sonidos. En el álbum Paul´s Boutique de Beastie Boys, considerado de uno de los discos más influyentes del género, existen entre 100 y 300 samples y se pueden encontrar sonidos de Led Zeppelin, John Coltraine, ritmos africanos o extractos de un discurso de Max Yasgur en el festival de Woodstock.

Y, además, álbumes conocidos entre otras cosas, por la infinidad de samples que contienen, como Fear of a Black Planet de Public Enemy o Straight Outta Compton de N.W.A., fueron incluidos en el Registro Nacional de Grabaciones de la Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos por su impacto y significación cultural, estética y educativa.

 

Los derechos de propiedad intelectual en el sampling

Es pertinente preguntar, vista la faceta creativa que ofrece esta técnica, si la normativa de propiedad intelectual y la práctica jurídica amparan o protegen estos usos, de forma que no siempre sea necesario el pago de derechos a los titulares. Para ello, tenemos que atender a esa división obra/grabación a la que llevamos referenciando todo este texto.  

La perspectiva del autor de la obra preexistente 

¿Es un sample de una obra musical, generalmente breve, merecedor de protección vía derechos de autor? Importante es saber que la normativa de propiedad intelectual no atiende a un criterio cuantitativo, en este caso de segundos, sino cualitativo a la hora de proteger fragmentos de obras, y en este mismo sentido se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esto supone que, si un fragmento de una obra expresa la creación intelectual propia del autor, será una reproducción parcial de ésta y por tanto está amparada por el derecho del autor. Este criterio, aunque acertado en nuestra opinión, obliga a analizar el juicio de originalidad sobre las composiciones musicales, una tarea compleja a la que ahora dedicaremos unas breves líneas para, más adelante en otro artículo, tratar más a fondo.  

Está generalmente aceptado que la originalidad en la obra musical ha de recaer sobre el efecto musical del conjunto producido por todos los factores que inciden sobre la composición. No obstante, en la música ligera, los elementos predominantes en las composiciones y que transmite su singularidad son la melodía y la letra, lo que hace a muchos erróneamente, cargar sobre éstos este juicio de originalidad, y no en ritmos o breaks de batería, que, en muchas ocasiones han dado lugar a infinidad de samples.   

Otras preguntas que debemos realizar y que analizaremos más adelante son si puede ampararse el uso de samples en los límites a los derechos de autor como la cita o la parodia. 

La perspectiva del productor de la grabación sonora 

Como hemos visto, el productor de la canción tendrá derechos sobre la grabación que la contiene y por tanto tendrá que autorizar sus usos, pero, similarmente al caso del autor hemos de hacernos las mismas preguntas. 

¿Utilizar una muestra sonora de una grabación una reproducción parcial de ésta? No podemos aplicar la misma lógica que con la parte editorial, puesto que aquí no opera un criterio de originalidad, sino que se protege la grabación y se otorgan derechos a su productor por el esfuerzo económico que ha supuesto su producción. Por tanto, con carácter general, sí un sample de una grabación sonora es una reproducción parcial de ésta y precisará de autorización. No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto Pelham estableció que en aquellos supuestos en que se modifique la muestra sonora hasta el punto en que no sea reconocible, no será necesaria la autorización del productor. 

Este criterio muestra la comprensión del Tribunal de la figura del sampling, al entender que en muchos casos las muestras sonoras son modificadas y transformadas de forma tal que no son perceptibles al oído. Ejemplos de esto encontramos a raudales en los álbumes mencionados de Beastie Boys o Public Enemy. Dicho esto, tal argumentación se queda corta en tanto que no aporta una guía de qué criterio seguir para identificar samples, cuestión esencial si se pretende que afecte al funcionamiento de las licencias en el mercado, pero es otro tema que abordaremos más adelante.

 

Conclusiones 

Veréis que este es un tema complejo y muy variado, amén de la rica casuística que ofrece esta técnica, y sus implicaciones legales poco tienen que ver con la práctica de mercado. Como explicamos, hay asignaturas pendientes de la industria respecto a este tema e iremos profundizando en ellas con más artículos. 

Por el momento será necesario obtener las licencias del autor o editor de la composición y del productor de la grabación. Este proceso puede resultar complejo, no sólo por el contenido de las negociaciones y contratos dentro de la industria, sino por la labor de investigación para conocer los titulares de los correspondientes derechos. 

Autor: Santiago Bernal

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