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Leemos, escuchamos y hablamos sobre Derechos de Propiedad Intelectual o Derechos de Autor utilizándose este último concepto de forma genérica para hablar de todos los derechos inherentes a una obra. La realidad, es que la protección de las creaciones intelectuales genera una gran cantidad de derechos que se dividen en distintas ramas. En este punto, vamos a centrarnos en definir y explicar una de las clases de Derechos, que a pesar de no ser económicos, son de los más, si no los más, importantes. Estamos hablando de los Derechos Morales que se encuentran estipulados en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

¿Cuáles son los derechos morales de una obra?

Principalmente los Derechos morales son los siguientes:

  • Derecho de inédito o divulgación.
  • Derecho de divulgación bajo su nombre, seudónimo o signo o anónimo.
  • Derecho a la paternidad sobre la obra.
  • Derecho a la integridad de la obra impidiendo modificaciones y deformaciones.
  • Derecho de modificación de la obra.
  • Derecho de retirada o arrepentimiento por cambios en sus convicciones intelectuales o morales.
  • Derecho de acceso al ejemplar único cuando se encuentre en poder de otro.

 

¿Se pueden heredar los derechos morales de una obra?

Estos derechos tampoco se transmitirán tras la muerte del titular de los mismos, ni si quiera a sus herederos salvo las siguientes excepciones: el derecho de paternidad y el de integridad de la obra, que son perpetuos, y la facultad de divulgar la obra si el autor no lo ha hecho en vida durante 70 años tras el fallecimiento del autor. En este artículo desarrollamos todos los supuestos de cuándo y cómo se heredan este tipo de derechos.

 

¿Todas las obras otorgan derechos morales a su autor?

Cabe señalar que no todas las creaciones intelectuales otorgan derechos morales a sus autores. Por ejemplo, los autores de bases de datos o los autores de meras fotografías carecen de derechos morales.

Se trata de unos Derechos con un alto contenido espiritual y emocional. Son irrenunciables, inalienables e indisponibles; lo que significa que no podrán ser transmitidos por el autor a ningún tercero, ni objeto de negociación o libertad de pacto, pues son inherentes al autor mismo de la obra.

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