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Mayores ganancias, nueva promoción y más control sobre sus obras son motivos suficientes para que los artistas regraben sus obras, un truco o una forma de impulsar aún más tu carrera y ganar más dinero por tu música.

A principios de mes Taylor Swift publicó “Speak Now (Taylor´s Version)” una nueva versión de su tercer disco, originalmente lanzado al público en el año 2010, en el cual encontramos éxitos como Mean”, “Ours” y “The Story of Us”. Un disco con el que se batieron récords de venta y ganó dos Grammys a la mejor interpretación de Country en solitario y mejor canción de Country.

Entonces, ¿por qué regrabar el mismo disco si funcionó tan bien en su día?

Otros artistas han llegado a las mismas conclusiones que Taylor al darse cuenta de la importancia que tiene la propiedad intelectual y la gestión de la totalidad de los derechos que les corresponden como autores de sus obras. Conseguir un nuevo máster de una obra ya publicada supone para los artistas unas mayores ganancias, una nueva promoción sobre obras antiguas y un mayor control sobre estas.

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¿Qué pasó con las grabaciones de Taylor Swift?

Para ponernos en contexto de por qué Taylor Swift está grabando de nuevo sus primeros álbumes debemos tener en cuenta que la artista había cedido a Big Machine Records los derechos sobre sus grabaciones, en su contrato discográfico, dejando de ser la propietaria de su música y perdiendo el control sobre su propio repertorio, que recientemente fue vendido a un fondo de inversión.

Sin embargo, Taylor Swift como autora y compositora de sus obras tiene los derechos editoriales sobre estas. Lo que cedió a su discográfica son los derechos sobre los masters o fonogramas, es decir sobre esas grabaciones en concreto, teniendo la libertad de grabar un master distinto de una misma obra. Es muy habitual que en los contratos discográficos se firme una cláusula de no regrabación por un periodo de tiempo determinado, es por esto que, hasta hace unos pocos años no pudiera lanzar sus Taylor’s Versions.

¿Qué otros artistas están regrabando sus canciones?

Aunque Taylor Swift esté dando mucho que hablar últimamente sobre este tema, otras estrellas clásicas del pop y el rock como Frank Sinatra, Chuck Berry y Elmo Shropshire que ya licenciaron nuevas versiones de sus canciones más conocidas para películas, programas de televisión o anuncios. ¿El objetivo? Conseguir que les pagaran a ellos los royalties generados directamente en lugar de que se hiciera a sus sellos discográficos originales, ya que ellos lograban gestionar así las licencias de sus canciones..

Otro motivo para regrabar obras ya publicadas es que se obtiene la posibilidad de actualizar las pistas para que suenen más modernas, como recientemente ha anunciado que hará la leyenda del country Bob Dylan, utilizando una tecnología y unos medios que no estaban disponibles entonces, dándoles un enfoque distinto a las canciones.

Por último, volver a revisar grabaciones antiguas que nunca estuvieron disponibles digitalmente debido a disputas contractuales, como ocurrió en el caso de la artista JoJo, parece razón suficiente para publicar una nueva versión de sus trabajos.

Otros artistas se han subido al carro de Taylor como TLC, Wheatus, Paris Hilton, The Offsprings y próximamente la artista de R&B Ashanti. De hecho, es curioso lo que opinan TLC sobre el tema, siendo conscientes del poder que tiene Taylor Swift en la industria musical pudiendo ejercer presión a los medios para que reproduzcan sus nuevas versiones y las posicionen en plataformas digitales, dejando las antiguas atrás. Esto según TLC no es algo tan fácil de conseguir para el resto de artistas.

Claro está que no todos los artistas que deciden regrabar sus obras tomaron sus decisiones después de ver el ejemplo de Taylor, de hecho, muchos de ellos hicieron sus nuevas versiones con anterioridad. Sin embargo, con seguridad todos habrán aprendido qué es un fonograma, qué derechos recaen sobre ellos y qué opciones tienen como autores de las obras, así como la importancia de la propiedad intelectual y las consecuencias de una cláusula mal firmada.

¿Qué derechos recaen sobre los fonogramas?

Los derechos fonográficos son los derechos que protegen las grabaciones o masters de las canciones.

Los derechos fonográficos no parten de la creación de una obra, sino del esfuerzo económico que realiza el productor (en muchos de los casos el propio sello discográfico) para fijar la interpretación de la canción. Además, para grabar una pieza musical, el productor necesitará la cesión o licencia de su autor, editor o de quien gestione los derechos, y también la cesión de los artistas intérpretes de la canción, en lo que conocemos como contrato discográfico.

Los productores fonográficos en este caso tendrían derechos conexos sobre la obra, debiendo diferenciarse de los derechos de autor. Punto clave para entender por qué los artistas pueden hacer nuevas versiones de sus obras.

¿Qué diferencia hay entre los derechos de autor y los derechos conexos?

Los derechos de autor protegen la propiedad intelectual del creador de una obra original. En la industria musical, los derechos de autor protegen la música, la letra y la melodía de una canción. Solo el titular de los derechos de autor podría entonces autorizar el uso de su música y recibir una compensación económica por ello.

Los derechos conexos en esta industria, vendrían a proteger los derechos de los artistas cantantes y ejecutantes y de los productores fonográficos. Estos, incluyen el derecho de los artistas intérpretes o ejecutantes a controlar la reproducción y distribución de sus actuaciones en directo y grabadas, así como el de los productores a controlar la reproducción y distribución de sus grabaciones. Los titulares de los derechos conexos tienen también derecho a recibir una compensación económica cada vez que su música se reproduce o distribuye.

En nuestro HUB hemos elaborado una Guía sencilla para entender los derechos de autor en la música de una manera sencilla, clara y directa.

Conclusión

Como podemos observar, es un tema complejo es muy importante entender la importancia de la propiedad intelectual en la industria musical.

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Autor: Carlos Caraballo
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