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A comienzos de año recibimos una de las noticias más relevantes para la industria musical y el sector artístico de los últimos años: la aprobación de la primera prestación especial por desempleo para el sector cultural y artístico, es decir, el derecho a paro adaptado a la intermitencia del sector rebajando a la mitad los requisitos de días cotizados para que artistas y técnicos auxiliares puedan acceder a esta ayuda de desempleo para artistas.

Esta ayuda pertenece al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), llega gracias a los avances y esfuerzos del Estatuto del Artista y está recogida en el Real Decreto-ley 1/2023.

La prestación está ya en vigor desde el 1 de julio de 2023 para todas las aristas del sector artístico y cultural: desde artistas a músicos pasando por quienes realizan actividades técnicas y auxiliares en espectáculos en vivo.

En esta guía de SFTL os vamos a explicar los requisitos necesarios para optar al paro para artistas, quiénes del sector cultural pueden acceder a esta prestación, desde cuándo se puede acceder, cómo se solicita, cuánto dura la ayuda y cuanto dinero puedo obtener de ella. Además explicaremos cómo tramitarla y solicitarla.

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¿Qué requisitos se necesitan cumplir para obtener la ayuda de desempleo para artistas?

Los requisitos para acceder a esta prestación son los siguientes:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Será condición indispensable que el solicitante no tenga derecho a la prestación contributiva ordinaria. En el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que la contributiva a la que tendrían derecho, podrán optar por recibir esta nueva prestación especial. En ese caso, la prestación contributiva quedará extinguida.
  • Acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses.
  • Acreditar 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicio en la actividad artística en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente.

¿Quién puede recibir la ayuda de hasta 600 euros?

Dentro de este apartado se ha de limitar y analizar el concepto de artista y el de trabajador en actividad artística. Por lo que pueden beneficiarse de esta prestación:

Los trabajadores de las artes escénicas, audiovisuales y musicales.

  1. Artistas, músicos e intérpretes.
  2. Los profesionales que realicen actividades técnicas o auxiliares en una actividad artística. 

¿Cuánto dinero puedo recibir por el paro para artistas?

  1. Prestación del 100% del Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 600 euros. Para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros.
  2. Prestación del 80% del Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 480 euros. Para las cotizaciones que NO superen el umbral de 61 euros.

¿Cuánto dura la prestación?

Cuatro meses.

¿Cuándo se puede solicitar esta ayuda?

Está abierta para todo el sector cultural desde el 1 de julio de 2023 y se puede solicitar en cualquier momento si cumples los requisitos mencionados arriba.

¿Cómo puedo solicitar la prestación especial de artistas?

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece tres vías para solicitar la ayuda para artistas:

  1. A través de la sede electrónica del SEPE previa identificación con DNIe, certificado digital o Cl@ve.
  2. A través de la realización de una presolicitud dentro de la página del SEPE. Está opción es la ideal si no dispones de certificado electrónico. Dentro de la web debes marcar el subtrámite: «Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)» e indicar en el campo «Observaciones» que solicitas la ‘Prestación especial de artistas’.
  3. Acudiendo a una oficina de prestaciones del SEPE pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del 060.

La solicitud para recibir la prestación especial de hasta 600 euros se debe presentar en el plazo de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de la situación legal de desempleo en la actividad artística. El derecho a la ayuda nacerá el día siguiente al de dicha situación legal de paro.

Borja Martin

Marketing & PR en SFTL

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