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Cinco años después de su aprobación en 2019, la Directiva de Derechos de Autor de la Unión Europea ha sido completamente implementada, con Polonia como el último país en adoptarla. Esta directiva, especialmente su polémico Artículo 17, ha mejorado la protección de los derechos de autor en plataformas digitales como YouTube y TikTok, cerrando la brecha entre creadores y grandes tecnológicas. Este avance marca un hito importante en la lucha por los derechos de propiedad intelectual en Europa.

¿Qué dice el polémico artículo 17 de la directiva?

La principal pugna la protagonizaron dos importantes y poderosos lobbies, las empresas tecnológicas y la industria musical, y se centró en el ya famoso artículo 17 de la Directiva.

Este artículo gira alrededor de la responsabilidad de los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea (“PSCCL”) por ofrecer al público acceso a obras protegidas que hayan sido subidas como contenido por parte de sus usuarios y les impone el deber de controlar que haya contenido ilegal subido en sus plataformas y no de los usuarios.

Este nuevo régimen impone a los PSCCL varias obligaciones para determinar si son o no responsables de la comunicación pública sobre esos contenidos que incluyen obras protegibles. Estas obligaciones son:

  1. Que hayan hecho los “mejores esfuerzos” por obtener una autorización;
  2. Que han hecho, de acuerdo con normas sectoriales estrictas de diligencia profesional, los “mayores esfuerzos” por garantizar la indisponibilidad de obras y otras prestaciones específicas respecto de las cuales los titulares de derechos les hayan facilitado la información pertinente y necesaria; y, en cualquier caso;
  3. Que han actuado de modo expeditivo al recibir una notificación suficientemente motivada de los titulares de derechos, para inhabilitar el acceso a las obras u otras prestaciones notificadas o para retirarlas de sus sitios web, y han hecho los “mayores esfuerzos” por evitar que se carguen en el futuro de conformidad con la letra b).

Además, se introducen medidas para reforzar la eliminación de contenido sin licencia, como el “Notice % Stay Down” en aras de mejorar la transparencia de los contenidos en línea.

Varias voces críticas en la UE: desde tecnológicas a creadores de contenido

Las tecnológicas argumentaron que esto supondría implementar unos filtros muy agresivos, que se limitaría enormemente su funcionamiento y que aplicaría una censura previa, pero la realidad es que la propia UE había dado pistas sobre cómo debía aplicarse este régimen. Por un lado, las obligaciones de los PSCCL siempre deben ser interpretadas bajo el principio general de la proporcionalidad, por lo que no se impone una obligación general de supervisión. Y, por otro lado, no puede resultar en el bloqueo de contenido que no esté vulnerando derechos de autor o derechos afines, por el motivo que sea.

Varios creadores de contenido también criticaron este movimiento legislativo, argumentando que su trabajo se vería enormemente afectado cuando suban contenido legal pero protegido. Esto ya hemos visto que no era la intención, ni desde luego, el objetivo de la UE. Por eso, en el mismo artículo 17 dispensan a las PSCCL de obtener la autorización cuando el contenido subido por el usuario se ampare en los límites de cita, crítica, reseña, caricatura, parodia o pastiche. Estos límites propuestos por la UE deben formar parte, con cierta flexibilidad en su implementación, en los Estados Miembros de la Unión.

La oposición de discográficas y plataformas retrasa la implementación del nuevo sistema de royalties en el streaming en Bélgica

Al implementar la Directiva de la UE en 2019, Bélgica propuso un nuevo sistema de royalties en el streaming para garantizar la remuneración equitativa («Non-waiverable remuneration right”) a los artistas intérpretes o ejecutantes. Este derecho permitiría que los artistas reciban una parte directa de los ingresos generados por las plataformas de streaming, distribuidos a través de sociedades de gestión colectiva, en lugar de depender exclusivamente de los acuerdos con sellos discográficos. La medida beneficiaría, especialmente, a músicos de sesión y artistas con contratos antiguos que no se ajustan bien al modelo de streaming.

Sin embargo, tanto los sellos discográficos como las plataformas de streaming han presentado una fuerte oposición. Estos argumentan que la introducción de esta remuneración incrementaría los costes para las plataformas, y podría resultar en una reducción de pagos a los sellos o distribuidores. Como resultado de esta controversia, el caso ha sido remitido por el Tribunal Constitucional belga al Tribunal de Justicia de la Unión Europea el cual deberá determinar si la implementación del derecho en Bélgica contraviene la legislación de derechos de autor de la UE o afecta la libertad empresarial garantizada por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El resultado podría establecer un precedente en la regulación de los royalties por streaming en Europa. Eso sí, va a ir para largo.

Conclusión

Una vez visto que las proclamas agoreras de que Internet se iba a romper y otras catástrofes eran exageradas, Polonia ha implementado la normativa, armonizando así en todo el territorio de la UE el nivel de protección en el entorno digital a los titulares de derechos de propiedad intelectual. En este sentido, el ICMP subrayó los beneficios que esta normativa ha traído consigo para millones de creadores y empresas musicales, estando operativa y en vigor en plataformas del calibre de Youtube, TikTok o Meta, sin que ello haya supuesto un cambio negativo en el funcionamiento de las mismas.

Santiago Bernal

Music Lawyer & Legal Manager en SFTL

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