El juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona ha estimado las medidas cautelares iniciadas por UNISON contra SGAE relativas a la infracción de las normas de la libre competencia en la gestión de derechos de autor. Con esta medida, la SGAE queda obligada a cumplir con la supresión de estas cláusulas y se le impone una multa coercitiva por cada día de retraso en el cumplimiento de esta medida.
Todo comenzó en diciembre de 2019, cuando UNISON inició este trámite judicial contra Sgae por el nuevo modelo de gestión de derechos donde SGAE imponía a los titulares de derechos la gestión exclusiva del repertorio así como impedía la asignación o retirada segmentada o individualizada de repertorio.
Así, en fecha 17 de diciembre de 2021 este juzgado obliga a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) a suprimir determinadas cláusulas contrarias a la libre competencia, en tanto que SGAE ha llevado a cabo conductas que impiden la entrada de Unison en el mercado de la gestión colectiva de derechos de autor.
Con ello, el juzgado de lo mercantil afirmaba que: «en tanto que la SGAE siga llevando a cabo conductas que, de manera efectiva, impidan la entrada de la actora en el mercado de la gestión colectiva, desde su posición dominante en ese mercado y hasta que de manera efectiva permita a los titulares de derechos la asignación y/o retirada total o parcial de catálogos, derechos, repertorios y obras de forma segmentada o individualizada, no habrá dado cumplimiento a las medidas cautelares adoptadas».