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Esta semana ha surgido un intenso debate en la industria musical a raíz de las quejas de varios artistas que han visto como se daban por finalizados de forma anticipada su contrato de distribución por bajo rendimiento. Desde Sympathy for the Lawyer hemos preparado esta guía para entender los motivos de estas «expulsiones» y sus implicaciones legales, y sobre todo explicar las diferencias entre los principales modelos de distribución digital que podemos encontrar en la industria actual.

Las salidas de artistas por bajo rendimiento de su distribuidora

En los contratos con distribuidores cuyo modelo se basa más en servicio que simplemente en la herramienta tecnológica, podemos encontrarnos con una cláusula de bajo rendimiento, que ha sido la estrella de la semana y la que ha dado lugar estas finalizaciones. En virtud de esta cláusula el distribuidor tiene la facultad de rescindir el contrato con el artista de manera anticipada si no se alcanzan unos rendimientos mínimos en cuanto a reproducciones, escuchas mensuales o generación de regalías.

Esta cláusula se fundamenta en que el distribuidor está haciendo una inversión en la carrera de un artista, pagándole un adelanto y/o poniendo trabajadores y medios a su disposición con el objetivo de desarrollar su carrera y que los lanzamientos tengan un mayor impacto, por lo que si la compañía ve que no se están alcanzado los resultados esperados y que la inversión no está siendo rentable, no tendrá interés en seguir trabajando con el artista. Es por ello que el distribuidor se puede reservar por contrato esa facultad de finalizar el servicio de manera anticipada si no se alcanzan unos rendimientos mínimos, y la forma de hacerlo es a través de la introducción en el contrato de este tipo de cláusula.

Aunque pueda ser un tanto impopular, es legal introducir este tipo de cláusula de resolución anticipada si ambas partes lo acuerdan, por lo que es muy importante que revises con detalle los acuerdos que te ofrezcan y que contactes con especialistas para que te asesoren antes de firmar un contrato. Además, es importante que conozcas y sepas diferenciar los dos modelos de negocio principales hay en el mercado de la distribución para que puedas elegir el que más te conviene y veas las diferencias en las condiciones que ofrecen, sigue leyendo y te contamos.

Los dos modelos de negocio de los distribuidores digital

Una distribuidora digital es una empresa que se encarga de que la música de los artistas esté disponible en plataformas y tiendas digitales a cambio de una contraprestación que puede ser por contenido subido, en forma de suscripción o a cambio de un porcentaje de lo que generen las canciones distribuidas. Si quieres profundizar más sobre qué es una distribuidora musical digital y sus funciones haz click en el enlace.

Si bien esta ha sido la realidad durante mucho tiempo, los distribuidores digitales han ido experimentado una enorme evolución en el último lustro, habiendo pasado en muchos casos de ser propietarios de una herramienta tecnológica que permitía la distribución digital a crear un nuevo paradigma que en muchos casos llega a sustituir al sello discográfico tradicional.

Dicho lo anterior podemos diferenciar, a grandes rasgos, entre dos modelos de negocio y de servicio entre las empresas de distribución digital de música:

El distribuidor como herramienta tecnológica

Este es el modelo tradicional de distribuidor digital, una compañía que ha desarrollado una tecnología que permite la subida de contenido por parte de los artistas y su posterior puesta a disposición en las plataformas digitales, además de otras funcionalidades como la personalización del perfil de artista o el pitch en listas.

Cada vez menos agregadores se limitan a este modelo y van implementando nuevos servicios, pero aún son muchos los que siguen trabajando bajo este modelo. Estos agregadores cobran a los artistas por subir sus canciones, ya sea vía suscripción, pagando por cada contenido que se sube o a cambio de un pequeño porcentaje de las regalías que se generen, sin poner limitación a los artistas que pueden distribuir usando su plataforma, ya tengas cien escuchas mensuales o millones, ni los rendimientos que obtengas.

¿Qué condiciones suelen ofrecer este tipo de distribuidores?

Los contratos con este tipo de distribuidores no suelen ser negociables, suelen ofrecen el mismo a todos los artistas, salvo casos excepcionales o suscripciones premium dependiendo del agregador.

Los contratos con estas distribuidoras suelen caracterizarse por que:

  • No cederás la propiedad sobre tus canciones o los másters, sólo el derecho a distribuirlos.
  • No cederás un porcentaje de royalties, o si lo haces, será un porcentaje bajo, en torno al 3-5%.
  • No tendrás exclusividad, por lo que podrás distribuir tus canciones con otras compañías.
  • Podrás eliminar los contenidos cuando quieras.
  • La duración del contrato suele ser corta, en torno al año.

En este modelo podemos encontrar distribuidores como DistroKid, CDBaby, TuneCore o iMusician.

El distribuidor como empresa de servicios

Estos distribuidores, además de contar con la herramienta tecnológica de distribución digital, ofrecen una amplia gama de servicios y se implican directamente en el proyecto del artista. La mayoría de estos servicios son aquellos que tradicionalmente han venido prestando las compañías discográficas pero adaptados al entorno digital, por lo que son cada vez más los artistas que trabajan prescindiendo de un sello discográfico. Entre estos servicios encontramos el diseño y ejecución de la estrategia de lanzamiento, el plan de marketing y promoción del lanzamiento, posicionamiento del artista, el pago de adelantos a cuenta de regalías futuras, que se suelen utilizar para reinvertir en el proyecto, pagando videoclips o grabaciones, incluso la distribución física en algunos casos.

Este tipo de distribuidores son ‘exclusivos’, ya que no puede distribuir cualquier persona a través de ellos, sino que serán ellos los que se pongan en contacto con el artista si el proyecto despierta su interés, normalmente a través de la figura de un A&R. Puede ser que el A&R esté un tiempo haciendo seguimiento al artista para luego ofrecerle un contrato de distribución o que lo ofrezcan directamente, en cualquier caso, siempre tendremos a ese A&R que será el responsable de nuestro proyecto y la persona de referencia dentro de la empresa.

En estos casos la implicación del distribuidor con el artista va a ser mucho mayor que en el modelo de herramienta tecnológica, ya no solo a nivel de servicios sino también de atención personalizada, y dado que el distribuidor va a tener mucha más implicación en el proyecto y va a dotarnos de medios humanos y económicos las condiciones del contrato que nos ofrezcan van a ser muy diferentes a las que vimos en el punto anterior.

¿Qué condiciones suelen ofrecer este tipo de distribuidores?

En este tipo de contratos suelen ser más detallados y es común que nos encontremos con que:

– El porcentaje de regalías que se queda la distribuidora es mucho mayor, entre el 15-30% para los ingresos provenientes de plataformas, tiendas digitales o YouTube y hasta un 50% en caso de sincronizaciones.

– Suelen incluir una cláusula de exclusividad en virtud de la cual, el artista no podrá distribuir ningún contenido con otra compañía durante la vigencia del contrato.

– La duración del contrato sea más larga, pudiendo llegar con facilidad a los tres años. La duración dependerá mucho de si hay adelanto o no y de la cuantía del mismo.

– La obligación de migrar el catálogo anterior a su plataforma, para ello es importante que los artistas revisen si sobre ese catálogo anterior existe un compromiso de exclusividad con la compañía con la que se distribuyó en su momento, ya que esto podría impedir dicha migración.

– El pago de un adelanto a cuenta de las regalías futuras, es la inversión que el distribuidor está haciendo en tu carrera, que hace una estimación de lo que va a generar tu catálogo y te adelanta una parte. Mientras tengas pendiente de devolver un adelanto, no recibirás liquidaciones de tu porcentaje de regalías, sino que esas ganancias se destinarán a amortizar el mismo.

– Tener acceso a tus redes sociales, canal de YouTube o cuenta en plataformas.

Ejemplos de este tipo de distribuidores son The Orchard, Altafonte, ONErpm o Symphonic.

Las distribuidoras están desplazando a los sellos discográficos

Estamos siendo testigos de cómo los distribuidores digitales están ocupando el espacio que tradicionalmente colmaban los sellos discográficos, lo que está llevando a muchos artistas a trabajar al margen de la figura de la discográfica. Las disqueras, conscientes de la situación, están volcando sus esfuerzos en la distribución digital, internalizando esta línea de negocio, como ha ocurrido hace unos días cuando BMG ha anunciado que, tras finalizar su acuerdo de distribución con ADA (Warner Music Group), se encargarán ellos mismos de la distribución digital de su catálogo.

En Sympathy for the Lawyer, ofrecemos soluciones integrales para músicos, productores, festivales y empresas de la Industria Musical. Nuestro equipo es experto en la gestión legal y económica de carreras artísticas y negocios de todo tipo.

Por lo que si vas a firmar con una distribuidora, nos aseguramos de que cuentes con el asesoramiento necesario antes de firmar cualquier contrato de distribución digital.

Contáctanos sin compromiso y analizaremos tus necesidades para proponerte la solución que mejor se adapte 

También tienes un plan B, si quieres hacerlo por tu cuenta, te ofrecemos los conocimientos y herramientas necesarias a la hora de negociar un contrato de distribución en este curso sobre distribución digital dentro de la HUB de la Música.

Pedro Fernández

Music Lawyer & Legal Manager en SFTL

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