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Un fan espera ansioso la salida a venta de las entradas de un concierto de su grupo favorito en un estadio de fútbol. Se avecina sold out. Se registra en la página web correspondiente y consigue el turno para comprar la entrada. Había visto en redes sociales que el precio rondaría los 100 euros. Pero cuando entra solo queda un tipo de entrada que vale 196,58 euros. Seguramente en ese caso se haya aplicado venta de entradas con precios dinámicos.

Cambia «entrada de concierto» por «billete de avión» en el ejemplo anterior. Ninguna polémica, ¿verdad?

En Estados Unidos se viene aplicando hace tiempo con relativa aceptación por el público, pero al llegar a Europa ha encontrado choque social y político. En el caso de los conciertos, el debate mediático y quejas del público en redes sociales cuestiona la actuación de parte de la industria musical (incluso hay muchas voces dentro del propio negocio que señalan estas prácticas). La polémica sobre este tema ha crecido especialmente a raíz de la próxima gira europea de Oasis, en la que una parte de las entradas fue vendida mediante precios dinámicos alcanzando variaciones en su precio de más de un 150% en una misma entrada: pasaron de tener un coste de 160 euros a valer 415.

Desde Sympathy for the Lawyer hemos colaborado con varios medios de comunicación para analizar las claves detrás de estas prácticas, y aportar un punto de vista desde la industria para este debate. En este artículo explicamos la situación de los precios dinámicos y los argumentos que justifican su uso por parte de los promotores musicales.

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¿Está justificado aplicar un sistema de precios dinámicos?

Sectores beneficiados por los conciertos que aplican precios dinámicos de manera general

La música es un fuerte motor de turismo, generan un alto impacto económico indirecto en el sector de la hostelería y del transporte. Las reservas de hoteles, vuelos o trenes aplican precios dinámicos de manera general, como forma de ajustar la oferta de plazas con la demanda en cada momento, y conseguir así una mayor optimización de su actividad.

De hecho, cuando se anuncian ciertos conciertos o festivales en una zona, muchos hoteles bloquean sus habitaciones para sacarlas al mercado a precios mucho más altos de lo habitual, puesto que saben que habrá un pico muy alto de demanda. España es uno de los países líderes del mundo en turismo musical, y el motor de ese turismo es la venta de las entradas.

Según estimaciones de Sympathy for the Lawyer y nuestra plataforma de financiación de conciertos INCENTIVA, la facturación de un promotor por entradas y barras apenas representa el 25% del impacto económico total que genera para la economía.

Artistas con una enorme demanda para sus conciertos

Aunque no es una práctica muy extendida actualmente en la industria musical europea, los promotores que deciden aplicar precios dinámicos ven en este sistema una solución para ajustar la oferta y la demanda, especialmente descompensada en el caso de algunos artistas muy solicitados a nivel internacional. Por ejemplo, el caso de Oasis, que dan menos shows en comparación con el número de personas que quieren verlos: para atender a la demanda generada, la banda tendría que haber dado 111 conciertos en Wembley (darán siete) a su máxima capacidad.

Dificultades actuales para la música en directo

Además, puede ser una manera de amortiguar la compleja situación que atraviesa la música en directo. Los promotores, además de enfrentarse a la inseguridad jurídica y dificultades en la financiación, también sufren los problemas de la inflación y de aumento de los costes de producción, transporte, alquiler de recintos, energía… Y por supuesto el incremento en el caché de los artistas (que también sufren el encarecimiento de sus proveedores y equipos humanos). Esta práctica pueden servir para optimizar el plan de negocio de una gira o festival y calibrar el precio medio de las entradas reduciendo los riesgos.

¿Es legal la venta dinámica de entradas de conciertos?

El periódico Expansión publica un reportaje sobre las implicaciones legales de estas prácticas, y para ello pidieron la colaboración de  Sympathy For The Lawyer. «La venta dinámica de entradas es legal siempre que ofrezca la suficiente información y transparencia sobre el proceso de compra. Todo pasa por unas condiciones de venta claras y que la interfaz de la web no genere confusión y respete la normativa actual de comercio electrónico», explica en el artículo Manuel López, coCEO de SFTL.

Actualmente la fijación dinámica de precios es legal en España. Insistimos también en ello en esta otra colaboración con el diario Infolibre, en un artículo que contrasta la visión de la industria con la de algunos fans. Si la información es clara durante el proceso de compra y respeta la actual normativa de comercio electrónico y protección de consumidores, las personas que compran entradas bajo este sistema no pueden reclamar posteriormente por haber pagado un precio mayor.

Posible regulación de los precios dinámicos por la UE

Algunos parlamentarios europeos han mostrado su preocupación sobre este asunto, y no sería extraño que próximamente se regulase para establecer algunos límites y requisitos. Pero desde SFTL vemos muy improbable que se llegue a prohibir por completo la venta de entradas a conciertos mediante precios dinámicos.

¿Cómo podría regularse el uso de precios dinámicos en los conciertos? Un posible cambio regulatorio pasaría por establecer expresamente en la normativa algunos requisitos en la información previa y en el proceso de venta, mantener fijo el precio durante un tiempo razonable o limitar los mensajes en la plataforma que inciten a la compra compulsiva.

La reventa de entradas debería estar limitada a la venta directa entre particulares que no puedan asistir al concierto y sin ánimo de lucro

Los precios dinámicos como alternativa a la reventa de entradas

En algunas ocasiones la finalidad de los precios dinámicos también es combatir la reventa ilegal de entradas. Hay plataformas que ofrecen entradas sin la autorización del organizador del evento, multiplicando varias veces el precio original del ticket, como Stubhub o Viagogo.

Estas plataformas de reventa invierten una importante suma de dinero en publicidad en buscadores como Google, y para ello utilizan el nombre del artista o del festival, que son marcas registradas, por lo que en muchos supuestos podríamos estar ante casos claros de infracción de propiedad industrial y de competencia desleal. 

Estos abusos no están encontrando por ahora una acción eficaz por parte de las autoridades ni de las asociaciones de consumidores, y por tanto es lógico que algunos promotores musicales recurran a un sistema de precios dinámicos para un cupo de entradas que ocupe el espacio de esa oferta no autorizada.

Reventa de entradas ilegal

Las condiciones de las entradas establecidas por la mayoría de promotores de conciertos y festivales impiden la reventa. Tanto por particulares como empresas, incluso si la propia reventa no tiene ánimo de lucro. Por ello, estas plataformas de reventa ética vulneran los derechos de promotores y artistas y pueden generar un riesgo para el público. Muchas veces se trata de entradas falsas o duplicadas.

La reventa de entradas es ilegal en España si no cuenta con la autorización del organizador del evento. Así lo dispone el RD 2816/1982 por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que en su artículo 67.2 prohíbe la venta y la reventa callejera o ambulante de entradas (localidades). Este decreto prohíbe expresamente la venta ambulante de entradas en espacios públicos, lo que afecta a quienes intentan vender entradas fuera de los recintos antes de un evento.

La lucha contra la reventa ilegal con la nueva Ley de Servicios Digitales (DSA)

La Ley de Servicios Digitales o DSA ha avanzado en el camino correcto para limitar los abusos de la reventa no autorizada, que es el principal problema de riesgo para el público. La DSA ha eliminado la excusa que se utilizaba hasta ahora en la reventa online no autorizada: que la plataforma no es responsable del contenido o productos que ofrecen los usuarios registrados. Esta norma modifica el régimen de excepción de responsabilidades de estas empresas intermediarias, e impone una serie de sanciones en caso de incumplimiento.

Desde 2024, una plataforma de reventa es responsable cuando la apariencia de su web es la de una ticketera similar a las plataformas legítimas que utilizan los organizadores de eventos. La mayoría de plataformas de reventa no autorizada tienen un look and feel que lleva a pensar al usuario que está comprando la entrada en un sitio oficial autorizado, cuando no es así. Ahora tendrán que cambiar mucho su apariencia para dejar de generar esa confusión en el público.

Esta normativa será eficaz para luchar contra la lacra de la reventa ilegal si en la práctica existen procedimientos ágiles a los que puedan recurrir promotores, artistas y fans, y que se impliquen bloqueos inmediatos de los anuncios de esas entradas no autorizadas. Por ahora, la DSA no está teniendo mucho impacto en la práctica porque no existen aún esos mecanismos por parte de la CNMC, el órgano que en España deberá velar por el cumplimiento de la DSA.

Sympathy for the Lawyer es la firma legal y económica referente en la industria musical. Estamos especializados en el asesoramiento jurídico y financiero de artistas, promotores, festivales… Si quieres saber cómo podemos ayudarte contacta con nosotros sin ningún compromiso.

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