La crítica constante a las plataformas de música y a las discográficas es una cuestión que se viene dando los últimos años, y más aún los últimos meses, con motivo de la toma de conciencia cada vez mayor por parte de los artistas respecto a sus derechos, a los contratos abusivos que se han podido firmar en el pasado y la imposibilidad de vivir exclusivamente de la música que crean hasta que no se encuentran sustancialmente consolidados, lo que se da en casos muy concretos. El debate viene de la mano de declaraciones como las de los hermanos Auseron, de Radio Futura, en relación con las previamente arrojadas por Björk.
Las distintas posturas
Seguramente el público general ya se encuentre informado sobre la polémica que ha surgido entre las dos posturas enfrentadas: por un lado la argumentación de los hermanos Auseron y, por el otro, la de Promusicae, asociación que representa a la industria discográfica de España.
En términos generales, cabe destacar que Radio Futura habla de distribuidoras digitales para referirse a las discográficas, del injusto mantenimiento de repartos en las mismas condiciones que se acordaban hace décadas y de un contexto digital favorecedor solo de los productos más comerciales, lo que consideran un freno para la actividad artística y para la evolución cultural de nuestra sociedad.
Si quieres ampliar la información, puedes leer su comunicado completo aquí.
Por su parte, Promusicae ha defendido a las compañías discográficas con una respuesta clara, argumentada y basada en informes que, de forma sintetizada, defiende que los artistas negocian las condiciones de sus contratos con las discográficas de forma libre, no estando obligados a firmar contrato alguno si no están de acuerdo con él; que estas compañías invierten e innovan constantemente para adaptarse a las nuevas tecnologías y nuevas formas de consumir música; que hoy en día cualquier artista o banda de música puede llegar a cualquier persona del planeta y viceversa; que los contratos han sido actualizados, y que los mismos han reducido considerablemente la duración de la cesión del porcentaje de derechos.
Si quieres ampliar la información, puedes leer su comunicado completo aquí.
La realidad para SFTL
El negocio musical y, por ende, el discográfico han sufrido grandes variaciones los últimos años, esto es una realidad innegable que tiene sus luces y sus sombras. Este cambio sustancial ha venido dado por la aparición de los nuevos modos de consumir música, principalmente a través de las plataformas digitales, lo que ha supuesto un cambio en la distribución de la misma. Esta relativamente reciente forma de comercializar música ha obligado a las discográficas a actualizarse, reduciendo a mínimos la distribución física y centrando prácticamente todos sus esfuerzos en la distribución digital.
Discográficas como distribuidoras
A día de hoy, la puesta a disposición de los usuarios de las obras musicales se da prácticamente en su totalidad a través de las plataformas digitales, pero esto no se ha traducido en que las discográficas se limiten a llevar a cabo labores exclusivamente de distribuidora, si no que, por el contrario, invierten toda su maquinaria en explotar la música de otros modos: producción en todas sus vertientes, listas, redes sociales, promoción, publicidad, adelantos económicos y un largo etcétera. Todas estas acciones conllevan grandes inversiones por parte de los sellos. Realmente las compañías no han reducido su inversión, sino que han dado un nuevo enfoque a la misma.
El marco jurídico anterior
Del mismo modo podemos afirmar, en línea con lo indicado por Promusicae, que las cláusulas sobre venta en formato físico de obras musicales han desaparecido directamente de muchos de los contratos, actualizando los mismos respecto a artistas que mantenían condiciones anteriores a la aparición de estas plataformas.
Los porcentajes
En lo que respecta al marco jurídico previo a las nuevas formas de distribución, los porcentajes también han variado, la fórmula del 96/4 que mencionan los componentes de Radio Futura no es la más recurrente. En algunos casos pueden negociarse o plantearse porcentajes más o menos arbitrarios, que en función de la capacidad de negociación y de la posición del artista podrán modificarse o desistir de la firma del Contrato.
La libertad de negociación
En consonancia con este posible desistimiento de firma, y si bien es cierto que las compañías discográficas, en muchos casos, obtienen grandes porcentajes de royalties sobre la explotación de las obras musicales de los artistas, también lo es que los mismos ostentan total libertad de negociación. Los cambios en la industria han supuesto la facultad, cada vez mayor para los artistas, de elegir entre un gran número de posibilidades: majors, sellos independientes, autoproducción, etc., y poder explotar su música en las plataformas con la misma accesibilidad que cualquier tercero.
Los grandes sellos cuentan con mayor poder sobre las listas, por ejemplo, pero debe tenerse en cuenta que, si los números del artista son buenos, tendrá mayor capacidad de negociación con estas compañías, pudiendo obtener unas condiciones muy beneficiosas en su favor.
En esa negociación es altamente aconsejable, sobre todo si quieres firmar un contrato favorecedor o, al menos, el mejor contrato que puedes optar en tu posición, buscar asesoramiento externo y/o un abogado que te lleve la negociación ante el equipo de legal del sello discográfico.
La opacidad de las plataformas, un acierto de los Auserón
Al margen de lo expuesto anteriormente, los hermanos Auserón tienen razón al poner el foco en la gran opacidad de las plataformas musicales respecto a los repartos de royalties por reproducciones. Se trata de una cuestión cada vez más sonada y a la que en algún momento deberá ponerse solución.
Cabe señalar, por último, que esta opacidad puede trasladarse a las discográficas hasta cierto punto, pero que es habitual en los contratos discográficos, y así defendemos siempre en SFTL, la inclusión de Cláusulas que obliguen a las compañías a acreditar documentalmente las liquidaciones.