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Esta cláusula de no competencia o “non compete clause”, prohíbe a una parte, a menudo el artista, de participar en actividades que serían directamente competentes o perjudiciales para la parte contratante, generalmente una discográfica o productora. Por ejemplo, un artista podría estar restringido de lanzar música con otra discográfica o trabajar en proyectos que rivalicen con los intereses de la discográfica con la que tiene contrato. 

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