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Hacienda está enviando requerimientos a festivales, promotores de conciertos y agencias de booking en el marco de una campaña de control sobre las retenciones fiscales a artistas extranjeros por conciertos de años anteriores. En estas notificaciones, Hacienda ofrece la oportunidad de regularizar de manera voluntaria las cantidades no ingresadas por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR o withholding tax), pero sin dejar clara la posibilidad de un procedimiento sancionador. Qué hacer en este caso. ¿Cuánto ingresar? ¿Cómo calcular la retención por IRNR? ¿Se puede separar caché de gastos de producción? ¿Implica sanción?

La responsabilidad recae sobre el promotor o agente residente en España que realiza pagos al artista. Se trata de un tema complejo, que condiciona la negociación de giras internacionales y puede traducirse en un sobrecoste sobre el caché o en deudas con la administración tributaria. Por ello es muy importante la planificación fiscal en el momento de negociar, y establecer líneas de defensa ante procedimientos de comprobación, inspección o sanción.

Control de Hacienda a la industria musical

Esta campaña de control sobre las retenciones a artistas extranjeros forma parte del Plan Anual de Control Tributario, el cual contiene unas serie de directrices para que Hacienda revise la situación de la industria de la música en vivo. En concreto, se contempla la obtención de información de los eventos que se organizan en territorio español a través de los promotores, organizadores y participantes en los mismos. Las rentas objeto de control van más allá del propio caché, incluyéndose otro tipo de rentas estrechamente vinculadas a la actuación del artista en España.

Otras líneas previstas en el Plan de Anual de Control Tributario con implicaciones para la música en vivo son la revisión de bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.

Retención fiscal a artistas extranjeros: withholding tax

En giras internacionales la regla es que se tributa en el país donde se realiza el concierto. Pero un artista extranjero no tiene estructura administrativa en ese territorio (en el que va a pasar sólo unos pocos días de gira, algunas veces apenas unas pocas horas), por lo que es muy difícil el control para las autoridades fiscales. Por eso se utiliza el mecanismo de la retención o withholding tax: la empresa o persona que realiza el pago desde el país del concierto está obligada a retener un porcentaje e ingresarlo en Hacienda en nombre del artista.

En España, los músicos y bandas extranjeras están sujetas al IRNR (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), con una retención de:

  • 19% cuando se trate de artistas residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • 24% para el resto de casos (incluido Reino Unido).

Artist fee vs Production fee: el split en el IRNR

La retención se aplica sobre el total de la cantidad pagada al artista o a su representante, no sobre el beneficio real. Sin embargo, lo habitual es que de la cifra que paga el promotor o agencia española deban cubrirse una serie de gastos soportados desde el lado del artista, como es el caso de gastos de viaje, comisión de representantes, alquiler de equipos, personal técnico y artístico de acompañamiento,… En la negociación de giras internacionales existe una fuerte presión en torno a los impuestos aplicables, con una implicación directa en el gasto real de quien contrata.

Para reducir el importe de la retención aplicable se establece un split entre el caché y los gastos de producción. Pero es fundamental conocer los criterios adecuados en cuanto a los emisores de las facturas, la proporción entre «Artist fee» y «Production fee«, redacción de los contratos, justificación contable de los gastos (paperwork), etc. La jurisprudencia de los tribunales españoles y las resoluciones de Hacienda sobre este tema son complejas, y si no se dispone de asesoramiento especializado en este tipo de operaciones es posible que el promotor o la agencia se encuentre con futuras reclamaciones en procedimientos de inspección.

En Sympathy for the Lawyer tenemos una larga trayectoria en el asesoramiento fiscal y legal a festivales, promotores y agencias. Contamos con economistas y abogados especializados en la planificación tributaria de giras y negociación de contratos con artistas internacionales. También podemos trabajar en tu caso para encontrar soluciones y defensa ante procedimientos con Hacienda. Puedes contactar con nosotros sin compromiso en este enlace.

Foto: Kenny Timmer – Unsplash

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