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En Sympathy for the Lawyer somos unos amantes del podcast (de hecho, tenemos uno propio en el que hablamos sobre industria musical) y como queremos que la fiebre del podcast siga viva, hoy os traemos una guía explicando su marco jurídico, para que sepas qué debes hacer si quieres usar música sin que eliminen o desmoneticen tu contenido.

España es uno de los países del mundo que más podcast consume y la tendencia es alcista, creciendo cada año el número de personas que los escucha. Este nuevo medio de entretenimiento es uno de los preferidos para los hablantes del castellano y eso también se traduce en que en español hay miles de podcasters. Es probable que para 2030 cada hispanohablante tenga su propio podcast.

A pesar de que hay una vastísima oferta de este tipo de contenido, es muy difícil encontrar podcast en los que aparezca música, bien sea para amenizar la charla o bien para comentarla. Uno de los motivos, y quizá el más importante, es que los creadores ven cómo sus contenidos son desmonetizados o retirados cuando incluyen música. En definitiva, como muchos podcasters no tienen claro el marco legal, acaban sufriendo estas indeseables consecuencias que los lleva a retirar la música de sus podcasts o directamente a no incluirla.

¿Qué es un podcast? El podcast como obra protegida

El podcast consiste en una grabación sonora y/o audiovisual de una emisión de radio que se sube a una plataforma digital para que los usuarios, a través de una suscripción, pagando por contenido o de forma libre, puedan acceder a ella y escucharla o visualizarla en cualquier momento.

El podcast es una obra protegida por diversos derechos, siempre que ostente un mínimo de originalidad y distintividad y se haya divulgado a terceros. Los derechos pertenecen a su autor o autores, que podrán explotarlos comercialmente a través de diversas formas: con la puesta a disposición del podcast en plataformas digitales, la cesión de sus derechos a una productora y/o la inclusión de publicidad o patrocinios.

La complejidad de este tipo de obras reside en que suelen incorporar otros elementos protegidos o regulados por Ley, principalmente por Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial, Derechos de imagen y normativa de publicidad.

Los podcasts pueden incorporar otras obras, normalmente musicales y audiovisuales, pero también fotográficas o literarias, además de hacer uso de la imagen personal de una o varias personas y de marcas o nombres comerciales, aunque en esta guía nos centraremos exclusivamente en el uso de música.

Cómo incluir música en un podcast sin que te lo desmoneticen o eliminen

El principal problema para un podcaster en cuanto al uso de la música es que con su utilización infrinja los derechos de propiedad intelectual de terceros. Esto ocurre cuando has utilizado una canción sin la autorización de sus titulares y puede suponer la eliminación o desmonetización del contenido. Este problema cobra aún más relevancia en aquellos casos en los que hay una fuerte inversión para la creación del podcast y se esperan obtener unos ingresos de ese contenido para rentabilizarla, ya que si utilizamos música sin autorización y nos lo eliminan o desmonetizan el contenido, esa inversión habrá sido en balde. En los casos más graves, estas infracciones pueden incluso acabar en los tribunales y traducirse en el pago de cuantiosas indemnizaciones a los titulares de las obras vulneradas, por lo que antes de utilizar música en tu podcast, lee esta guía hasta el final.

La música está protegida por derechos de Propiedad Intelectual, por lo que usarla sin obtener la autorización de sus titulares o de las personas o entidades que gestionan sus derechos de autor supondrá, por lo general, una vulneración. La creencia generalizada de que está permitido usar un pequeño fragmento de una canción sin autorización es un mito, no importa  la duración del fragmento, es necesaria la autorización, lo que ocurre es que si la duración es menor, será más difícil de detectar para los algoritmos que se utilizan para detectar estas vulneraciones.

Cuando se usan canciones de terceros en un podcast, los Derechos de Propiedad Intelectual afectados son:

  • El Derecho de Comunicación Pública, en el caso de que haya público presente o que se emita en directo.
  • El Derecho de Puesta a Disposición, que es una vertiente del derecho de comunicación pública, en caso de que el podcast se aloje en plataformas digitales que permitan su escucha o visualización a los usuarios en cualquier lugar y momento.
  • El Derecho de Reproducción, dado que esas obras incluidas en el podcast se fijarán en una grabación sonora, audiovisual o en los servidores de una plataforma digital.

Dicho lo anterior, pasamos a analizar los supuestos más comunes de uso de música en podcast.

Utilización de música grabada (fonogramas) en un podcast

De todas las obras, las musicales son las más utilizadas en podcasts, bien sea como cortinilla del programa, para finalizar, entre secciones, para analizarla, explicar o debatir sobre ella.

Sea cual sea su uso o su duración, la inclusión de canciones en Podcasts requiere la autorización de todos los titulares de los distintos derechos. En el caso de que estemos usando música grabada los titulares son:

  • Titulares de los derechos editoriales de la obra, son los autores y editores de la obra.
  • Titulares de los derechos sobre la grabación sonora de la obra, suele ser el sello discográfico que ha publicado la canción.

    Recuerda la distinción entre derechos editoriales más orientados a los derechos de autor y a las editoriales musicales y los derechos fonográficos más vinculados a los derechos conexos y por ende al sello discográfico (salvo en casos de autogestión)

  • Sobre la grabación recaen también los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes cuya voz e interpretaciones se han fijado en la grabación. Sus derechos son de simple remuneración, por lo que no necesitamos su autorización para utilizar la grabación, pero sí que debemos pagar la correspondiente licencia a la Sociedad de Artistas Intérpretes o Ejecutantes de España (AIE) que es la entidad que gestiona los derechos de los artistas intérpretes y será la encargada de liquidarles los derechos que les correspondan.

El procedimiento a seguir para obtener la autorización que nos permita usar de manera legítima una canción en nuestro podcast es diferente si éste se publica en formato audio o si se publica en formato audiovisual:

Uso de música en podcast de formato audio

La explotación del podcast en formato audio supone la obtención de las siguientes Licencias a través de las siguientes vías:

Derechos Editoriales de la música

La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) concede licencias a los podcasters para la utilización de la música de los autores y editores de su repertorio, por lo que con la obtención de esta licencia quedarían cubiertos los derechos sobre la obra. Para ello hay que comunicarse con un Encargado de Licencias de SGAE que será el que la tramite. Puedes hacer el primer contacto a través de su web.

En este punto es interesante traer a colación la plataforma iVoox. Esta plataforma tiene suscrito un acuerdo con SGAE por el cual a sus usuarios que alojen contenido que utiliza obras de su repertorio, lo que implica que si optas por subir tu podcast únicamente a esta plataforma te ahorrarás pagar la Licencia de SGAE y solo tendrás que obtener la licencias sobre el uso de la grabación sonora.

Derechos Fonográficos

La entidad de gestión que representa a los productores de fonogramas (AGEDI) concede licencias a los podcasters para la utilización de las grabaciones de su repertorio, procediendo del mismo modo que SGAE. Recordemos que también tenemos que pagar la licencia de AIE, como ya explicamos antes. AGEDI y AIE funcionan de manera conjunta por lo que nos podemos dirigir a ellas y tramitar la licencia en un mismo procedimiento a través de su Oficina Conjunta.

Cabe la posibilidad de que queramos hacer uso de una canción que no forma parte del catálogo de estas entidades de gestión porque sus titulares de sus obras no les han encomendado su gestión. En este caso, tendríamos que recabar la autorización de los titulares de la obra y de la grabación de manera directa, negociando con los autores y editores y con la compañía discográfica.

Una vez que tengamos las licencias para utilizar la obra y la grabación sonora ya no deberemos preocuparnos porque nos desmoneticen o eliminen el contenido.

Uso de música en podcast de formato audiovisual

La explotación del podcast en formato audiovisual supone un panorama diferente a la hora de recabar las licencias. Cuando se incorpora una obra sonora a una obra audiovisual estamos ante lo que se conoce en la industria como una sincronización.

Las sincronizaciones no las gestionan las entidades de gestión como SGAE o AGEDI. En algunos casos, algunos distribuidores digitales conceden licencias de sincronización para las canciones que distribuyen, pero por lo general deberemos solicitar la licencia directamente a los titulares del siguiente modo:

Derechos Editoriales

La licencia de sincronización la debemos solicitar al autor o editor de la canción, que normalmente tendrá cedidos los derechos de la obra. Puede darse el caso de que existan varios editores, pero normalmente uno de ellos será editor facultado y, por tanto, podrá negociar en nombre de los demás editores.

Derechos Fonográficos

Aunque licencia de sincronización es como se conoce de manera común a estas licencias, técnicamente estamos hablando de una Licencia de Reproducción. El derecho de reproducción es aquel que permita fijar la grabación de la obra en una obra audiovisual como en este caso es el podcast.

Consejo: OJO a la Cláusula MFN en las negociaciones para el uso de canciones en podcast

Es importante que en las negociaciones con ambas partes, editorial y discográfica, tengas en cuenta que es muy común que en los contratos de licencias se incluya la Cláusula MFN (Most Favoured Nation).

Esta cláusula supone que, en caso de alcanzarse un acuerdo con condiciones más favorable con una de las partes, se aplicarán esas mismas condiciones a la otra.

Veamos un ejemplo para ilustrarlo: tenemos un podcast que subimos a YouTube y queremos incluir una canción, para ello hablamos con el editor y la discográfica del tema. Con el editor llegamos a un acuerdo por el que vamos a pagar 100 € por la licencia de sincronización y con la discográfica llegamos a un acuerdo por el que vamos a pagar 200 € por la licencia de reproducción. Al firmar nos damos cuenta que en el contrato de licencia con el editor se incluye la cláusula MFN. Esto implicará que a pesar de que el editor haya aceptado 100 €, tendremos que pagarle 200 € ya que es el acuerdo más favorable de las dos partes.

La cláusula MFN suele venir en la parte en la que se establece la remuneración y tiene una redacción similar a la siguiente: “Si se pactase con el resto de las titulares de derechos de autor y/o editor, y derechos sobre el fonograma que incorpore dicha obra una cantidad superior a la aquí establecida en su proporción de control, serán de aplicación las condiciones económicas superiores”.

Una vez que tengamos ambas licencias y hayamos pagado a AIE su licencia, ya podremos usar esas canciones de manera lícita.

Interpretaciones en directo en un podcast

Además de la opción de utilizar música grabada, también puede darse el caso de que un artista venga a nuestro podcast y actúe en directo, explicamos a continuación como proceder para estos casos:

Derechos editoriales

La emisión en directo y grabación de una interpretación de una canción en un podcast, ya sea en formato audiovisual o sonoro, no supone el uso de ninguna grabación de la obra, y por ello, no se requerirá la obtención de la Licencia de Reproducción de la discográfica. En este caso sólo es necesario recabar la Licencia por la parte editorial que nos permita la reproducción y comunicación pública, incluyendo su modalidad de puesta a disposición de la obra.

Levantamiento de Exclusiva

Si el artista o grupo que va a llevar a cabo la interpretación de la obra musical tiene contrato con una discográfica, es muy probable que tenga firmado un acuerdo por el cual la discográfica impida a su artista o grupo grabar con terceros las obras musicales que ya ha grabado con ella o incluso que impida grabar con cualquier agente distinto a la propia discográfica durante un período determinado.

En este sentido, deberá verificarse si existe alguna obligación de esta clase con la discográfica y en caso de que sí, solicitar a la misma un Levantamiento de Exclusiva, es decir, una autorización que permita grabar la interpretación de su artista o grupo a pesar de existir exclusividad. En muchos casos esto supone el pago de una cantidad a la compañía discográfica.

Música sin derechos de autor y excepciones de autorización: solución para usar canciones en podcast sin pagar

Si te parece que todo el proceso para utilizar música en tu podcast es un completo laberinto no te vamos a culpar, sino que te proponemos algunas soluciones.

La primera de ellas es usar música de uso libre. Existen muchas webs de pago y gratuitas que ponen a disposición de sus usuarios música de uso libre, por lo que si optas por esta opción puedes incluir música sin tener que pasar por este proceso de solicitud de autorizaciones. Esto puede resolver el problema para aquellos podcasts en los que la música se usa para amenizar, para cortes entre secciones o cortinillas, pero es evidente que, si en tu propuesta de contenido la música tiene un papel principal, por ejemplo, porque comentas los últimos lanzamientos de esa semana o haces análisis musicales, no te bastará con esto.

Otra opción es la de acogerse a alguna de las excepciones a los derechos de propiedad intelectual que establece la ley, principalmente la excepción de cita que te permite incluir fragmentos de otra obra para su análisis, comentario o juicio crítico.

En base a esta excepción podríamos poner pequeños fragmentos de una canción para comentarla, aunque la realidad es que si los algoritmos que usan las plataformas detectan una coincidencia con una obra protegida o si sus titulares ponen una reclamación contra tu contenido, la plataforma no se va a parar a estudiar si tu uso está amparado por la excepción de cita o el fair use por lo que lo más probable es que tu podcast se elimine o desmonetice y luego tengas que dirigirte a la plataforma pidiendo que vuelvan a publicar o monetizar tu contenido en base a esta excepción.

Breve apunte sobre derechos de imagen

Aunque no es objeto de esta guía, debes tener en cuenta que si publicas tu podcast en formato audiovisual y un artista o grupo va a interpretar algunas canciones, además de las licencias sobre la música que antes hemos visto, es imprescindible que te cedan sus derechos de imagen de manera expresa, es decir, dejándolo firmado por escrito, para que así puedas grabarlos y publicar su actuación en tu podcast sin que luego puedan reclamarte por este motivo.

Conclusión

Como has podido comprobar el proceso de utilizar canciones y música en un podcast es un complejo laberinto con un cantidad de factores y derechos que se entremezclan y vuelven complicada la logística de tener un podcast totalmente protegido.

Este artículo tiene finalidad divulgativa. Si necesitas asesoramiento relacionado con propiedad intelectual o cualquier otro aspecto relacionado con la industria de la música y su vinculación con el podcasting, puedes contactar con nosotros sin compromiso en este enlace. En Sympathy for the Lawyer estamos ultraespecializados en Derecho Musical, y nos hemos convertido en la firma legal de referencia de la industria musical.

Autor: Pedro Fernández

Foto de Amr Taha™ en Unsplash

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