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Imaginemos un escenario en el que una gran emisora como la Cadena Ser estuviese exenta de pagar a las compañías discográficas para poner sus canciones y que le bastase con pagar la licencia de SGAE. Puede parecer extraño, pero este es el funcionamiento que establece la legislación de Copyright americana para las emisoras de radio tradicionales, lo que priva de recibir cuantiosos royalties a sellos e intérpretes. 

Este sistema, que lleva manteniéndose durante décadas, tuvo que adaptarse a la nueva realidad de la radio online y fue en este momento cuando el legislador modificó el Copyright Law of the United State. La reforma estuvo llena de polémica, pues mantenía la exención para las radios tradicionales (emisión en AM/FM), pero la eliminaba para aquellas que emiten vía satélite, lo que para muchos suponía una desventaja injustificada que frenaba el desarrollo de este nuevo modelo radiofónico. Ahora puede volver a sufrir un cambio drástico. 

Los senadores Alex Padilla y Marsha Blackburn han presentado una propuesta de reforma al Congreso que, de aprobarse, supondrá que, por primera vez en la historia americana, las emisoras de radio tradicionales tendrán que obtener las autorizaciones de las compañías discográficas y pagarles royalties para utilizar sus canciones.  

Las modificaciones más relevantes de la propuesta son las del Párrafo (6) de la Sección 106, que elimina la distinción entre radiodifusión digital y analógica a efectos de obtener licencias y la adición de un nuevo párrafo en la Sección 114(f)(1) cuyo fin es proteger a las pequeñas emisoras que facturen menos de 1.5 millones de dólares anuales, que estarán exentas de obtener las licencias mediante el pago de una fee anual de máximo 500 dólares.  

Este nuevo modelo supondría un mercado radiofónico más justo y competitivo, sin distinciones arbitrarias y que remunere la labor de sellos e intérpretes. 

 ¿Cómo funciona en España?  

En España las entidades radiofónicas están obligadas a retribuir tanto a los autores como a los sellos e intérpretes por el uso de sus obras. 

En lo que se refiere a los derechos de autores propiamente dichos, basta con obtener la licencia de SGAE específica para radios, que se puede tramitar a través de su web. Esta licencia permite utilizar todas las obras nacionales e internacionales que representa la entidad de gestión. El precio de la licencia depende de los ingresos brutos de la entidad radiodifusora considerando como tales los provenientes de suscripciones, subvenciones y publicidad. 

Respecto a la vertiente de los derechos discográficos de las canciones, las emisoras de radio deben suscribir un contrato-licencia con AGEDI-AIE, las entidades de gestión que representan a los productores de fonogramas y los artistas intérpretes respectivamente. En su web aportan más información sobre este contrato. 

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¿Y en México? 

La legislación de derechos de autor país centroamericano establece, igual que en España, que las entidades de radiodifusión deben obtener las licencias y remunerar con regalías tanto a los autores como a los sellos y artistas por la utilización de sus canciones.

Para cumplir la legislación mexicana de derechos de autor, las emisoras de radio mexicanas deben obtener las pertinentes licencias que las autorizan a utilizar obras musicales en sus emisiones. Para ello deben dirigirse, por un lado al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) que representa a los autores y artistas intérpretes y, por otro lado, a la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas (AMPROFON) que representa a los sellos discográficos. 

Autor: Pedro Fernández.

Imagen: Unsplash

Borja Martin

Marketing & PR en SFTL

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