Skip to main content

Llegan una de las subvenciones más importantes para la música en España: las ayudas de INAEM a la danza, la lírica y la música correspondientes al año 2025. Como cada año desde SFTL e Incentiva Music, hemos preparado una guía completa descargable con todas las respuestas para preparar la subvención, además de consejos para tramitarla para estas ayudas destinadas a giras, conciertos y festivales de música.

Se tratan de diferentes tipos de financiación para acciones destinadas al sector de la música y las artes escénicas. La dotación presupuestaria total para estas ayudas este año es de 8.058.172,00 euros (inferior al año anterior, de 8.313.172 euros y similar al de 2023 de 8.003.172 euros).

Se trata de una convocatoria de carácter ordinario que se publica anualmente. En línea con la convocatoria del año anterior, se admiten gastos de estructura como costes indirectos hasta un 25% del coste total del proyecto subvencionado.

Consigue la guía completa de las ayudas de INAEM 2025

Desde SFTL e Incentiva Music hemos preparado una guía completa con todas las líneas de ayudas de la subvención y con consejos prácticos para conseguirla.

Suscríbete gratis a nuestra newsletter y tendrás una guía completa de más de 20 páginas con toda la información de la subvención explicada de una manera sencilla por los mayores expertos en conseguir financiación para la música en España.

Aprovecha las deducciones fiscales culturales


¿Quién puede solicitar la ayuda del INAEM?

Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo a excepción de los residentes en los considerados paraísos fiscales. Además, no podrán solicitar estas ayudas las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre:

  • Los miembros asociados del beneficiario que efectúen de forma total o parcial las actividades objeto de la subvención.
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Una de las prohibiciones de dicho artículo que podemos destacar es no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

¿Cuándo puedo solicitarla?

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles. Desde el 6 de marzo hasta el 26 de marzo de 2025 (ambos incluidos).

¿Dónde se solicita?

La solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y está disponible en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte

Eva Pozo

Community Manager

La Newsletter #1 del negocio de la música

Cada semana te traemos las noticias clave, consejos e ideas sobre la industria.

Con enfoque ultrapráctico y sin venderte humo. Para mantenerte al día en lo que tardas en tomarte un café.

    Sobre Sympathy for the Lawyer

    Leave a Reply