La convocatoria de ayudas a la música y la lírica de 2026 llega con un cambio de era. Por primera vez, estas subvenciones se convocan de forma independiente a las de danza, con una nueva estructura institucional y novedades que afectan tanto al presupuesto como a la forma de solicitar. Desde SFTL e Incentiva Music hemos preparado, como cada año, una guía completa y gratuita para que tengas toda la información que necesitas.
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La dotación presupuestaria total es de 4.507.250 euros. Aunque la cifra es inferior a los 8,05 millones de 2025, hay que tener en cuenta que la danza ya no forma parte de esta convocatoria. Aun así, el volumen destinado específicamente a música y lírica es menor que en la convocatoria conjunta anterior, algo que conviene valorar a la hora de preparar la solicitud.
Se trata de una convocatoria de carácter ordinario que se publica anualmente bajo el procedimiento de concurrencia competitiva. En línea con la convocatoria del año anterior, se admiten gastos de estructura como costes indirectos hasta un 25% del coste total del proyecto subvencionado.
Quién convoca: nueva Dirección General de Artes Escénicas y Música
El INAEM ya no firma esta convocatoria. La recién creada Dirección General de Artes Escénicas y Música, dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura, asume las competencias desde noviembre de 2025. Este cambio institucional tiene un valor importante: la música y la lírica se reconocen como disciplinas con sustantividad propia, separadas de la danza.
Principales novedades de la convocatoria 2026
Estos son los cambios más relevantes respecto a la convocatoria de 2025:
Presupuesto reducido: se pasa de 8,05 millones de euros a 4,5 millones. Hay que tener en cuenta que la danza ya no está incluida, pero aun así el volumen destinado específicamente a música y lírica es menor que en la convocatoria conjunta anterior.
Modalidades reorganizadas: las antiguas líneas B1 a B6 se simplifican en 6 nuevas modalidades renumeradas, con cambios de fondo. Desaparece el apoyo específico a circuitos y se crea la Modalidad 6 de Internacionalización, que agrupa las giras al extranjero y los festivales internacionales en una línea propia. Las residencias artísticas (antes en una línea independiente) se integran en la Modalidad 3.
Una solicitud por proyecto: antes se podían agrupar varios artistas o festivales en una sola solicitud; ahora cada proyecto necesita su propio expediente. Se permiten hasta 2 solicitudes por modalidad y 4 en total por solicitante.
Más tiempo para justificar: el plazo de justificación se amplía hasta el 31 de marzo de 2027, frente al 15 de febrero que marcaba la convocatoria anterior.
Mayor flexibilidad para modificar proyectos: se introduce un catálogo explícito de cambios que no requieren autorización previa (ajustes de calendario, variaciones menores en localizaciones o número de funciones, entre otros).
Cuota de género en festivales: los festivales, muestras y congresos deberán acreditar en la justificación que al menos el 30% de los artistas programados son mujeres o agrupaciones con una composición mínima del 30% femenino. Es una obligación nueva y su incumplimiento es motivo de reintegro.
Referencia a la inteligencia artificial: como novedad transversal, se recuerda expresamente la obligación de respetar la normativa sobre inteligencia artificial y propiedad intelectual en los proyectos subvencionados.
Por otro lado, los documentos relativos al contenido del proyecto y que contengan la información que valorará la comisión de valoración (los entregados en fase de solicitud) no son susceptibles de subsanación y no podrán modificarse en ningún momento de la tramitación de las ayudas, una vez terminado el plazo de solicitud. Solo podrán subsanarse para la rectificación de errores materiales o de hecho y aritméticos (fallos en sumas etc), no para completar o mejorar el proyecto. Por ejemplo, no será subsanable la presentación de documentos en blanco.
Las 6 modalidades de ayudas a la música y la lírica 2026
La convocatoria se estructura en seis modalidades vinculadas al sector musical:
Modalidad 1 — Giras por España
Destinada a intérpretes y agrupaciones con giras nacionales con un mínimo de cinco funciones fuera de su comunidad autónoma, en al menos dos CCAA distintas. Para territorios insulares (Canarias, Baleares), Ceuta, Melilla y localidades afectadas por la DANA, las condiciones se reducen a cuatro funciones en al menos una comunidad distinta.
También incluye el apoyo a coproducciones interautonómicas, que requieren un mínimo de tres empresas productoras de al menos tres CCAA distintas.
En esta convocatoria se excluyen los gastos de producción y solo se financian los gastos propios de la gira (cachés, logística, dietas). No es compatible con funciones acogidas al programa PLATEA, circuitos GPS o Red de salas. La ayuda máxima es de 65.000 euros.
Modalidad 2 — Entidades sin ánimo de lucro
Para asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones de ámbito estatal que desarrollen actividades de música y lírica con proyección nacional o internacional. La actividad debe exceder el ámbito de una comunidad autónoma.
Ayuda máxima de 75.000 euros, ampliable hasta el 80% del coste total si la entidad está integrada por asociaciones.
Modalidad 3 — Festivales, muestras, certámenes, congresos y residencias artísticas
Dirigida a eventos con antigüedad mínima de cinco años, relevancia nacional o internacional y participantes procedentes de al menos tres CCAA distintas (dos en el caso de territorios insulares, Ceuta, Melilla o zonas afectadas por la DANA). Las residencias artísticas, antes en una línea separada, se integran aquí.
Ayuda máxima de 80.000 euros (140.000 euros para festivales de flamenco; 25.000 euros para residencias artísticas). En festivales multidisciplinares, se debe formalizar una única solicitud por la modalidad del sector predominante.
Modalidad 4 — Temporadas líricas
Destinada a espacios escénicos y musicales y a entidades organizadoras de temporadas líricas con repercusión, trayectoria y proyección nacional o internacional. No se admiten solicitudes de empresas privadas adjudicatarias de la gestión de espacios de titularidad pública.
Modalidad 5 — Encargos de composición vinculados a estreno
Apoya a organizadores de festivales y grupos de música con temporada propia para financiar composiciones originales e inéditas que se estrenen en el marco de sus actividades. La obra debe incluirse en actuaciones en al menos dos CCAA distintas de la sede del solicitante.
Ayuda máxima de 12.000 euros, que puede cubrir hasta el 100% del coste total. Ya no se permite agrupar varios encargos en una misma solicitud.
Modalidad 6 — Internacionalización y giras en el extranjero (NUEVA)
Esta es la gran novedad de la convocatoria 2026. Destinada a empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de internacionalización: giras de intérpretes y agrupaciones en el extranjero (mínimo dos actuaciones) y organización de festivales, muestras y congresos de música y lírica fuera de España.
En festivales internacionales, solo se subvencionan los gastos de los participantes españoles, y se requieren participantes de al menos dos CCAA distintas (excepto para lírica y flamenco). Para festivales, la ayuda debe solicitarse a partir de la 5ª edición.
Ayuda máxima: 65.000 euros para giras internacionales, 80.000 euros para festivales y congresos en el exterior y 140.000 euros para festivales de flamenco.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Pueden solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la UE o del Espacio Económico Europeo (excepto paraísos fiscales). Esto incluye a artistas, oficinas de management y booking, promotores musicales, asociaciones sectoriales, fundaciones, salas de conciertos, ayuntamientos y entidades públicas.
Es imprescindible estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
¿Cuándo y cómo se solicita?
El plazo de presentación es de 15 días hábiles. La solicitud es exclusivamente electrónica a través de la página web del Ministerio de Cultura
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles y se abrirá desde el 27 de marzo de 2026 a las 00:00 hasta el 20 de abril de 2026 a las 23:59
Las actividades subvencionadas deben desarrollarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de solicitar ampliación hasta el 31 de enero de 2027.
Cuantía de la ayuda y criterios de valoración
La ayuda no puede superar el 65% del coste total del proyecto, con dos excepciones nuevas en esta convocatoria: hasta el 80% en la Modalidad 2 (entidades integradas por asociaciones) y hasta el 100% en la Modalidad 5 (encargos de composición).
El porcentaje final de ayuda depende de la puntuación obtenida:
| Puntuación del proyecto | Porcentaje respecto a la ayuda solicitada |
|---|---|
| De 85 a 100 puntos | Entre el 81% y el 100% |
| De 70 a 84 puntos | Entre el 61% y menos del 81% |
| De 50 a 69 puntos | Entre el 40% y menos del 61% |
Las solicitudes se valoran por una comisión de profesionales del sector según cinco criterios: interés cultural del proyecto (hasta 25 puntos), perfil y alcance (hasta 25 puntos), repercusión social (hasta 10 puntos), presupuesto y viabilidad económica (hasta 15 puntos) y trayectoria del solicitante (hasta 15 puntos). Además, los proyectos con impacto positivo en zonas afectadas por la DANA pueden obtener hasta 5 puntos extra.
El mínimo para optar a la ayuda es de 50 puntos totales y al menos 10 puntos en el criterio de interés cultural.
El importe de las ayudas puede incrementarse un 25% adicional para solicitantes con domicilio en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla (para financiar desplazamientos), y un 15% adicional para la inclusión de equipos de traducción, sobretitulación o accesibilidad.
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