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Para organizar una gira internacional o un concierto en el extranjero hay un documento fundamental: el certificado o formulario A1. Es un trámite es imprescindible para salir a tocar fuera del país de la residencia habitual. Deben obtenerlo los artistas y profesionales de España para sus conciertos por el mundo. De la misma manera, los artistas extranjeros con bolos aquí también deben realizar un trámite parecido.

Adicional al A1, es necesario comprobar los posibles visados necesarios y las retenciones fiscales aplicables. Todo esto afecta no sólo a los músicos, sino también a mánagers, bookers o promotores que deben estar seguros que toda la documentación está en regla antes de que nadie suba al escenario.

En este artículo vamos a explicar en qué consiste el modelo A1 en el ámbito de la música en directo y los pasos para obtenerlo. Importante: estos trámites son necesarios para todo tipo de músicos, tanto si se trata de músicos trabajadores por cuenta ajena como músicos autónomos o que trabajan para su propia productora.

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Alta en Seguridad Social para giras por el extranjero

Un músico debe estar de alta en Seguridad Social cuando realiza conciertos en España. Este alta puede ser como trabajador por cuenta propia (autónomo) o por cuenta ajena (contrato laboral y alta en régimen de artistas). Esta segunda situación se produce cuando el artista trabaja en condiciones de ajenidad y dependencia, como es el caso de los músicos de orquestas o tablaos flamencos.

Pues bien, si el alta es obligatoria cuando se realizan actividades profesionales o laborales en el territorio estatal español, ¿qué pasa cuando se sale de España para un trabajo puntual, como un concierto? ¿Hay que darse de alta en cada país en el que se trabaja?

Algunos ejemplos:

  • Un batería residente en Zaragoza que trabaja como músico de acompañamiento para un artista solista y van a dar varios conciertos por Francia, Reino Unido, Alemania e Italia durante el próximo mes.
  • También podrían tener dudas acerca de cómo obtener el certificado A1 una banda en la que todos los músicos son titulares del grupo y salen de gira por Europa con su road mánager y su técnico de sonido.
  • O una orquesta sinfónica con 45 músicos que salen para un concierto en Viena la próxima semana.

 

¿Qué es el certificado A1? ¿Es obligatorio para realizar un concierto?

Si un trabajador o un autónomo desarrolla una actividad habitualmente en su país de residencia, pero también trabaja en otros países, la primera duda es qué normativa laboral debe aplicarse: la normativa del país de residencia o la del territorio en la que se realiza el trabajo.

Es necesario que existan acuerdos entre los distintos estados para evitar que se cotice doblemente, y también para determinar quién se responsabiliza de las coberturas por esa actividad (accidentes, asistencia sanitaria, prestaciones,…).

A nivel internacional la regla habitual es que, cuando se realiza un desplazamiento de trabajadores, se aplica la legislación laboral del país en el que se ejerce habitualmente la actividad hasta un máximo de 12 meses de duración del desplazamiento, todo ello previa autorización de la autoridad competente del estado de origen. Para que opere esta regla es necesario que exista un convenio internacional en materia de seguridad social entre los estados. En el ámbito de la UE no se necesita convenio pues esta cuestión se regula en el Reglamento CE 883/04.

El certificado A1 (certificate of coverage) es un documento que acredita que el artista o profesional está asegurado en su país de residencia, y que la normativa aplicable en materia de seguridad social es la de ese país. Gracias al A1 se evita tener que realizar el alta en la seguridad social del país donde se toca de manera puntual.

Es decir, cuando el músico dispone del A1 puede demostrar que está asegurado en España y puede trabajar en otros países sin tener que darse de alta puntualmente en el extranjero. El certificado A1 es un documento unificado en toda la Unión Europea, de manera que si un artista francés toca en Madrid y presenta el A1 emitido por las autoridades de Francia no tendrá que darse de alta en España.

 

¿Cómo solicitar el formulario A1 si eres músico?

Para que sea efectiva el alta en el país de residencia es necesario disponer del A1, pues la seguridad social de turno debe reconocer oficialmente esta situación. Si no se dispone del certificado no se disfruta de cobertura en el extranjero aunque se esté de alta y cotizando en el país de residencia.

En España, para obtener el A1 hay que cumplimentar y presentar el formulario T.A. 300, que tiene como finalidad que los trabajadores desplazados obtengan el reconocimiento sobre la legislación de Seguridad Social aplicable.

El A1 se puede solicitar en dos modalidades:

  • Trabajadores por cuenta ajena. Un empresario contrata laboralmente a los músicos en caso de existir condiciones de ajenidad y dependencia (por ejemplo, músicos de una orquesta bajo dirección empresarial) y salen de gira. En el TA 300 hay que informar de los datos de la empresa empleadora.
  • Trabajadores por cuenta propia o autónomos. En estos casos se exige un período de carencia. En concreto, el artista debe llevar de alta como autónomo al menos 2 meses. Esto se hace para evitar que el alta en RETA tenga únicamente como finalidad realizar el trabajo en el extranjero. Además, el tipo de actividad con la que se está de alta como autónomo en España tiene que ser la misma o similar a la que se va a desarrollar en el país de destino.

Se debe informar de los países en los que se van a realizar conciertos y el período total del desplazamiento (las fechas de inicio y fin de la gira).

El trámite de presentar el formulario TA 300 para obtener el A1 se realiza presencialmente en cualquier Dirección Provincial o Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social. No es necesario que se realice en la ciudad en la que reside el artista. Lo habitual es que la TGSS emita el A1 de forma inmediata al presentar la solicitud.

Además de disponer del certificado A1, para realizar un concierto en el extranjero u otras actividades profesionales es muy importante solicitar la tarjeta sanitaria europea para evitar problemas en caso de necesitar asistencia médica.

 

A1 para artistas extranjeros en España

Cuando un artista extranjero viene a actuar a España también tiene que acreditar que está asegurado en la seguridad social de su país de residencia. Si se trata de un músico residente en la Unión Europea su estado le emitirá un certificado A1 en los mismos términos que hemos visto hasta ahora. La ventaja del A1 es que es un documento estandarizado a nivel europeo.

Si el artista procede de terceros países ajenos a la UE, o bien un músico sale a tocar a fuera de estas fronteras, hay que comprobar si existe convenio internacional sobre seguridad social entre el estado en cuestión y España.

En este tipo de convenios se suele acordar un formulario similar al A1 que sirve para que las autoridades de cada país autoricen el desplazamiento y tenga validez el alta en seguridad social de origen. Por ejemplo, en el caso de Estados Unidos este formulario se llama «E/USA.1A», Canadá, «E/CDN.3», para México es el «ESP/MEX.1», Colombia «ES/CO.3», Brasil «E/B.1», Argentina «E-ARG F1»,… Los artistas con residencia en España que quieran tocar en esos países tienen que solicitar esos certificados también a través del formulario TA 300.

Si un músico extranjero no puede acreditar que está asegurado en su país de residencia, sería necesario darlo de alta en la Seguridad Social española para que pueda realizar el concierto. Sin embargo, es importante evitar llegar a esta situación pues el trámite burocrático sería muy poco ágil.

 

Conclusión

Obtener el certificado A1 por músicos que tienen que salir de gira al extranjero no es complicado. En muchos casos lo puede realizar el mismo artista directamente. Pero la información de este artículo es meramente orientativa y no sustituye a un asesoramiento profesional personalizado.

La planificación de una gira por el extranjero, o la organización de un concierto en España de artistas internacionales es una labor compleja. A las dificultades intrínsecas de la producción (negociaciones, booking, producción técnica, promoción, venta de entradas,….) se unen las cuestiones legales y fiscales: visados, seguridad social, splits en retenciones, contratos laborales con el equipo,… Para poder trabajar con tranquilidad y dedicar todos los esfuerzos a la música es importante contar con un buen apoyo profesional.

En Sympathy for the Lawyer estamos especializados completamente en industria musical y en el asesoramiento legal de artistas, managers y promotores. Podemos comentar sin compromiso las posibilidades para ayudarte en estas cuestiones, solo tienes que contactar con nosotros en este enlace.

*Foto: pixabay.com

Manuel Angel López Pérez

Co-CEO de SFTL. Abogado y empresario en la industria musical.

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