La música es un universo apasionante donde la creatividad y los sentimientos de un autor se exponen a la sociedad en forma de obras musicales. El artista crea una obra a la que dedica tiempo y dinero por lo que es esencial que este trabajo quede protegido. Ahí reside la importancia de la Propiedad Intelectual en cualquier tipo de arte y cultura y de ella nacen los derechos de autor.
La Propiedad Intelectual se estructura en un conjunto de leyes y regulaciones que protegen la titularidad de creador sobre sus obras o sus aportaciones a las mismas y le otorgan ciertos derechos exclusivos. En el contexto de la música, los derechos de autor y la propiedad intelectual en general son particularmente importantes debido a la facilidad con que se pueden copiar y distribuir las obras.
Los músicos y artistas deben conocer sus derechos en materia de propiedad intelectual así como la manera de gestionarlos y conseguir ingresos o royalties, ya que es una de las fuentes de ingresos más importantes de la industria musical.
En esta guía vamos a analizar la importancia capital en la cultura de los derechos de autor y de la propiedad intelectual, los tipos de derechos que existen en la música y cómo conseguir dinero en forma de royalties a través de tus derechos como autor.
¿Qué son los derechos de autor? ¿Cuál es su diferencia con la Propiedad Intelectual?
Para definir qué son los derechos de autor primero hay que entender el concepto de Propiedad Intelectual.
La propiedad intelectual es la totalidad de los derechos que pertenecen a todas las creaciones originales expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro. Esto es, cualquier creación original por parte de un autor.
Dentro de la música, hablando de canciones, tenemos por ejemplo las composiciones y las grabaciones o masters. La propiedad intelectual protege estas obras y reconoce su autoría al creador por medio de varios tipos de derechos: los derechos de autor y los derechos conexos.
- Los derechos de autor protegen la propiedad intelectual del creador de una obra original. En la industria musical, los derechos de autor protegen la música y la letra de una canción. Solo el titular de los derechos de autor podría entonces autorizar el uso de su obra y recibir una compensación económica por ello, con todos los derechos derivados que eso conlleva.
- Los derechos conexos en esta industria, vendrían a proteger los derechos de los artistas y ejecutantes y de los productores fonográficos. Estos, incluyen el derecho de los artistas intérpretes o ejecutantes a controlar la reproducción y distribución de sus actuaciones en directo y grabadas, así como el de los productores a controlar la reproducción y distribución de sus grabaciones. Los titulares de los derechos conexos tienen también derecho a recibir una compensación económica cada vez que su música se reproduce o distribuye.
Normalmente, los derechos de autor quedarían controlados por la editorial y los conexos, por la discográfica, menos en el caso de la autogestión del artista.
En muchas webs entremezclan los derechos de autor con los derechos conexos para explicar lo que son los derechos de autor en la música. Esto es incorrecto.
En un ejemplo más claro dentro del ámbito musical:
- Derechos de autor: corresponden a quien compone las música y la letra de las canciones.
- Derechos conexos: pertenecen a los músicos y cantante que tocan, cantan y graban una canción. Aquí también entran en juego los productores fonográficos, es decir, el sello discográfico. quien también tiene derechos conexos sobre las grabaciones o masters, pero no sobre las composiciones.
Dentro de la materia que nos ocupa los derechos de autor son de dos tipos: los derechos patrimoniales (los que permiten al autor obtener un rendimiento económico por la utilización de sus obras) y los derechos morales (el reconocimiento de la autoría). Los primeros son transferibles, los segundos no, ya que son inherentes al autor.
La importancia de la propiedad intelectual en la música
Una de las características de las obras artísticas, intelectuales o científicas es la incorporeidad, lo que puede dificultar a la gente la comprensión de la enorme relevancia que tienen, generando un verdadero derecho de propiedad. Es importante recordar que la obra no es el lienzo sobre el que se plasma un cuadro o el vinilo en el que se graba una canción, sino que es lo que se conoce como corpus misticum. Esto hace referencia al fragmento de sí mismo que el autor deja en su obra, a ese ejercicio de creatividad que despliega y vuelca sobre una canción, por ejemplo. ¿Quién no se ha emocionado escuchando una canción o leyendo un poema? ¿Quién no se ha “venido arriba” o crecido viendo una película o bailando de noche al son de distintas canciones?
El arte está presente en muchas facetas de nuestras vidas, todos conocemos frases célebres sobre la música, ya sean de Nietzsche, Leonard Cohen o Platón, pero lo importante es que la vivimos, y así ha sido siempre. Desde la Beatlemania, el boom de los festivales, los jingles publicitarios ya icónicos, hasta la música que suenan en todos los bares, restaurantes y clubes, la música es una necesidad.
La propiedad intelectual permite que se sigan generando estas obras que alimentan nuestro espíritu y que se proteja el esfuerzo de sus creadores, que comparten con nosotros su trabajo.
Los derechos de autor y derechos conexos en la música
Si te dedicas a la música y has llegado hasta aquí, probablemente seas artista y te estás preguntando qué derechos te corresponden por tu canción.
Para ello primero hay que entender que dentro de la música tenemos dos tipos de derechos sobre las canciones: los derechos editoriales y los derechos fonográficos.
Esta es una de las distinciones más importantes dentro de la industria musical, la cual conforma la división de compañías entre editoriales y sellos discográficos.
Los derechos editoriales en la música
Son los derechos que protegen la composición de la obra musical y pertenecen al autor o autores de la composición.
El creador o compositor de la canción será titular de derechos morales y económicos sobre ésta, en tanto que es una creación original, y podrá, en consecuencia, ceder los económicos de explotación a un editora musical en un contrato de edición musical.
Sí estás buscando compañía editorial te dejamos unos cuantos tips a la hora de elegir la que más se ajuste a tu perfil artístico.
Los derechos fonográficos en la música
Son los derechos que protegen las grabaciones o masters de las canciones.
Los derechos fonográficos no parten de la creación de una obra, sino del esfuerzo económico que realiza el productor (en muchos de los casos, salvo en el de la autogestión, el productor es el propio sello discográfico) para fijar la interpretación de la canción. Además, para grabar una pieza musical, el productor necesitará la cesión o licencia de su autor, editor o de quien gestione los derechos, y también la cesión de los artistas intérpretes de la canción, en lo que conocemos como contrato discográfico.
En este caso el propio autor de la obra puede ser su intérprete, pero no siempre ocurre así. En otros muchos casos la figura del autor puede ser distinta a la del cantante o intérprete.
Es importante cuando negocies tus derechos con una compañía que te asesores correctamente con profesionales para conseguir el máximo rendimiento económico de tus obras musicales mediante unos porcentajes justos.
¿Cómo gano dinero con mis derechos de autor y conexos en la música?
Después de conocer lo qué son y los tipos que existen, vamos al quid de la cuestión: ¿Cómo gano dinero por mis obras musicales? Esto se consigue a través de la explotación de la obra y entran en juego tanto los derechos de autor como los derechos conexos o afines.
Para ganar dinero con la explotación de una canción, ya sea por los derechos del autor de la obra o por los derechos de la grabación y producción de la canción, se necesitan en la mayoría de ocasiones, obtener una licencia.
Las licencias musicales son un permiso o contrato que el titular de los derechos sobre una canción ya existente otorga para que se realice una explotación comercial de esta. No hay que confundirlo con una cesión de derechos.
Dentro de estas licencias encontramos:
- La licencia de sincronización: Esta licencia, que ya hemos analizado en profundidad en este post, no es más que una autorización para incluir una canción en una grabación audiovisual, sea una película, una serie, o publicidad.
- Las licencias de reproducción: Estas licencias musicales autorizan la fijación o grabación de la obra musical en un soporte para su reproducción y elaboración de copias, que se podrán distribuir y vender al público.
- Las licencias de impresión: Estas licencias permiten la realización de copias impresas de las partituras de una composición musical para su venta.
- Las licencias de comunicación pública: Acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. Esto incluye una amplia variedad de supuestos, desde radio y televisión, hasta música en vivo, tiendas y discotecas.
- Licencia de distribución: la distribución es la venta o comercialización de música. En el mundo práctico se habla de distribución física y digital. La física se refiere a la venta de discos y vinilos y la digital se refiere casi exclusivamente al streaming que cubre la mayor parte de este tipo de distribución.
¿Quién gestiona los derechos de autor en España?
Las entidades de gestión de propiedad intelectual (SGAE, AGEDI, AIE, CEDRO, EGEDA,…) son aquellas entidades que se dedican a la gestión de derechos de explotación u otros de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores u otros titulares de derechos de propiedad intelectual.
Son las encargadas de gestionar colectivamente los derechos de autor (hacerlo por cuenta propia sería demasiado complicado), recaudar y repartir los royalties generados por las obras musicales.
En España, las entidades de gestión colectiva relacionadas con la industria musical son
- SGAE – Sociedad General de Autores y Editores
- AGEDI – Asociación de Gestión de Derechos intelectuales
- AIE – Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España
- Gestión centralizada de AGEDI y AIE para la recaudación de las cantidades correspondientes al derecho de comunicación pública de fonogramas de sus miembros.
Si quieres ampliar tus conocimientos sobre cómo funcionan estas entidades de gestión como SGAE, te dejamos esta guía de Sympathy for the Lawyer.
¿Cuántos años duran los derechos de autor de una canción?
Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento según la norma general de la Ley de Propiedad Intelectual en España. Pero existen varias excepciones en función de diversos factores como el tipo de obra musical (obra anónima, obra en colaboración u obras colectivas).
Si tienes dudas sobre la protección legal de tu trabajo como autor, artista o empresa del ámbito cultural/creativo:
En Sympathy for the Lawyer, ofrecemos soluciones integrales para músicos, festivales y empresas de la Industria Musical. Nuestro equipo es experto en la gestión legal y económica de carreras artísticas y negocios de todo tipo. Confía en nosotros para potenciar tu éxito en el sector musical.
Autor: Borja Martín